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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFCE/76
Ley
LEY Federal de Competencia Económica
Artículo
76

Artículo 76 de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la autoridad que investiga obtiene documentos o datos mientras hace su trabajo, esos papeles pueden ser secretos, privados o públicos, según lo que diga esta ley. Tranquilo, no es que todo se oculte: la ley define cuándo algo es confidencial (solo para ciertas personas) o reservado (no se puede compartir por un tiempo). También hay información pública que cualquiera puede pedir. Así que los documentos que consiguen los investigadores no se pueden soltar a la ligera, sino siguiendo las reglas de acceso a la información.

Texto oficial

Artículo 76. La información y documentos que haya obtenido la Autoridad Investigadora en el ejercicio de sus atribuciones serán considerados como reservados, confidenciales o públicos en los términos de esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Competencia Económica (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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