Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 88 de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si dos o más empresas planean fusionarse o que una compre a la otra, están obligadas a avisar a la Comisión de Competencia antes de hacerlo. Si por alguna razón de peso (legal o práctica) las empresas directamente involucradas no pueden hacer ese aviso, puede hacerlo la empresa que va a quedar al final, la que va a tomar el control o la que va a comprar las acciones o los bienes. Quienes avisen deben ponerse de acuerdo para nombrar a un solo representante que hable por todos; si no lo hacen sin una buena razón, la Comisión lo va a elegir por ellas. Además, durante todo el proceso, las empresas involucradas no pueden compartir información entre sí que pueda violar las reglas de competencia.

Texto oficial

Artículo 88. Están obligados a notificar la concentración los Agentes Económicos que participen directamente en la misma. Cuando no puedan notificar los directamente involucrados, sea por una imposibilidad jurídica o de hecho y así lo acrediten ante la Comisión, o en el caso previsto en el artículo 92 de esta Ley, podrán hacerlo el fusionante, el que adquiera el control de las sociedades o asociaciones, o el que pretenda realizar el acto o producir el efecto de acumular las acciones, partes sociales, participación en fideicomisos o activos objeto de la transacción. En su escrito de notificación los notificantes deberán nombrar a un representante común, salvo que, por causa debidamente justificada, no puedan hacerlo. En caso de que no presenten causa justificada para abstenerse de nombrar al representante común, la Comisión lo designará de oficio. Los involucrados en la transacción deben abstenerse de intercambiar información que pueda dar lugar a hechos que sean objeto de sanción en términos de esta Ley. LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 39 de 86

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.