Artículo 6 de la LEY Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud va a decidir, con el visto bueno de otras dependencias, a partir de qué cantidad de ciertos químicos se aplica esta ley. Esa decisión la publicarán en el Diario Oficial de la Federación (que es como el periódico oficial del gobierno). La ley aplica tanto a quienes manejan esos químicos como a terceros que los ayuden. Para fijar esas cantidades, la Secretaría tomará en cuenta cómo son las sustancias, para qué se usan en la industria y el comercio, y cómo cambian sus costos. Además, no puedes hacer operaciones más pequeñas o separadas solo para evitar que te apliquen la ley.
Texto oficial
Artículo 6.- La Secretaría de Salud, previa opinión favorable de las dependencias, determinará mediante acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, las cantidades o volúmenes de productos químicos esenciales a partir de los cuales serán aplicables las disposiciones de esta Ley a las personas que realicen las actividades reguladas, así como respecto de los terceros con quienes las realicen. LEY FEDERAL PARA EL CONTROL DE PRECURSORES QUÍMICOS, PRODUCTOS QUÍMICOS ESENCIALES Y MÁQUINAS PARA ELABORAR CÁPSULAS, TABLETAS Y/O COMPRIMIDOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-05-2023 6 de 27 Párrafo reformado DOF 03-05-2023 Para lo anterior la Secretaría de Salud tomará en cuenta: Párrafo reformado DOF 03-05-2023 I. Las características y propiedades de las sustancias; Fracción reformada DOF 03-05-2023 II. Los procesos industriales y comerciales en los que se apliquen, así como el cambio en el costo de los mismos, y III. Las actividades y usos a que se destinen. No se podrá separar o reducir la cantidad o volumen de cada operación que se realice con productos químicos esenciales, con el propósito de eludir la aplicación de esta Ley. Sección Segunda De los informes anuales y avisos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.