Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 17 de la LEY Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada de este tema) va a crear y manejar un Registro, que es como una lista o base de datos. Ahí van a guardar la información sobre las actividades que están reguladas por esta ley, y también sobre las obligaciones que tienes que cumplir si realizas esas actividades. En pocas palabras, es un archivo oficial donde se anotan todos los datos importantes para controlar las sustancias químicas. Además, las reglas para que funcione este Registro y para hacer trámites ante la Secretaría se definirán en otros documentos oficiales que después se publiquen.

Texto oficial

Artículo 17. La Secretaría integrará y administrará el Registro, en donde obrarán los datos relativos a las Actividades Reguladas y obligaciones previstas en la presente Ley. LEY FEDERAL PARA EL CONTROL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS SUSCEPTIBLES DE DESVÍO PARA LA FABRICACIÓN DE ARMAS QUÍMICAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 14 de 43 La integración y funcionamiento del Registro, así como las reglas de procedimiento para los trámites ante la Secretaría, se regirá por las disposiciones administrativas que al efecto se expidan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.