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Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
147-A

Artículo 147-A de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 147-A fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no existe ni tiene validez legal. La sección Quinta habla sobre el autotransporte federal, que son camiones, autobuses y otros vehículos que cruzan estados de la República, y sus servicios auxiliares como talleres o gasolineras. El nombre de esta sección se cambió oficialmente el 29 de diciembre de 1997, pero el artículo en sí ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 147-A.- (Se deroga). Sección Quinta Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares Denominación de la Sección reformada DOF 29-12-1997

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 90) ↗

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