Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFD/150-A
Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
150-A

Artículo 150-A de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley, o sea, ya no existe. Es como si lo hubieran borrado oficialmente. Aunque se agregó y se modificó varias veces entre 2002 y 2003, para finales de 2004 quedó sin efecto. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 150-A. (Se deroga). Artículo adicionado DOF 01-01-2002. Reformado DOF 30-12-2002, 31-12-2003. Derogado DOF 01-12-2004

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 94) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.