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Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
172-C

Artículo 172-C de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si necesitas usar una vía de ferrocarril para algo como rentarla, comprarla, que te la regalen, intercambiarla, o construir un edificio sobre ella, tienes que pagar una cuota fija al gobierno. Por ejemplo, si la rentas o la compras, pagas 2,710.63 pesos; si la recibes como regalo, son 3,715.13 pesos; y si construyes un edificio, el costo es de 9,037.42 pesos. Es un cobro único por cada autorización que te den para esos usos.

Texto oficial

Artículo 172-C.- Por las autorizaciones de derecho de vías ferroviarias, se pagará el derecho respectivo, conforme a las siguientes cuotas: I.- Arrendamientos ..................................................................................................... $2,710.63 II.- Enajenaciones ....................................................................................................... $2,710.63 III.- Donaciones ........................................................................................................... $3,715.13 IV.- Permutas ............................................................................................................... $3,708.59 LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 105 de 565 V.- Construcciones de edificios .................................................................................. $9,037.42 Artículo adicionado DOF 28-12-1989

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 104) ↗

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