Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 177 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Por los trámites de dar de alta un objeto (como una vasija o escultura antigua), sacar permisos o pedir dictámenes sobre monumentos y zonas arqueológicas, la Secretaría de Educación Pública te cobra una cuota fija. Por ejemplo, registrar un objeto cuesta $21.76; no pagan este derecho las asociaciones civiles, juntas vecinales o uniones de campesinos autorizadas por el INAH, ni las dependencias de gobierno. Si quieres exportar una copia autorizada de un objeto, el permiso cuesta $193.03 sin límite de piezas, pero si la copia no tiene sello o registro del INAH, el permiso sube a $1,934.61 por cada empaque. Para pedir un dictamen que separe un inmueble privado de una zona arqueológica, el costo es de $487.94.

Texto oficial

Artículo 177.- Por los servicios de expedición de cédula individual de registro de objeto, permisos y dictámenes que presta la Secretaría de Educación Pública en materia de monumentos y zonas arqueológicas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas: Párrafo reformado DOF 29-12-1997 I.- Expedición de cédula individual de registro de objeto ............................................... $21.76 Se exceptúa del pago de derechos previsto en esta fracción a las asociaciones civiles, juntas vecinales y uniones de campesinos, autorizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia como órganos auxiliares para preservar el patrimonio cultural de la Nación; así como a dependencias y entidades de los gobiernos Federal, Estatal y Municipal. Fracción reformada DOF 20-12-1991, 29-12-1997 II.- Permisos: a).- De exportación de reproducciones autorizadas, cuando éstas tengan sello o marca autorizada o registrada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, sin límite de objetos y por cada operación ........................................................................... $193.03 b).- De exportación de reproducción autorizada, cuando ésta carezcan de sello, marca o registro por unidad de empaque ................................................................... $1,934.61 Fracción reformada DOF 20-12-1991 III.- Dictámenes: a) (Se deroga). Inciso derogado DOF 14-11-2022 b) Para establecer delimitación de inmuebles privados con monumentos y zonas arqueológicas, a petición de parte ................................................................... $487.94

Ver ley oficial en el DOF (pág. 114) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.