- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 194-H
Artículo 194-H de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 194-H dice que, si quieres hacer una obra o actividad que pueda afectar el medioambiente y que el Gobierno Federal debe revisar, tienes que pagar una cuota. Por ejemplo, si solo entregas un informe para avisar de tu proyecto, pagas $17,975.34. Si necesitas presentar un estudio más completo (llamado manifestación de impacto ambiental), el costo varía según qué tan grave sea el impacto: puede ser de $48,338.98, $96,680.23 o $145,021.50, dependiendo de ciertos criterios como si estás en un área protegida o usas sustancias peligrosas. Para proyectos que afectan una zona más grande (regional), los precios van de $63,258.58 a $189,771.14. Para saber cuánto te toca, debes checar las Tablas A y B, que te ayudan a clasificar tu proyecto en "mínimo", "medio" o "alto".
Texto oficial
Artículo 194-H. Por los servicios que a continuación se señalan, se pagará el derecho de impacto ambiental de obras o actividades cuya evaluación corresponda al Gobierno Federal, conforme a las siguientes cuotas: I. Por la recepción, evaluación y, en su caso, el otorgamiento de la resolución del informe preventivo ............................................................................................................. $17,975.34 II. Por la recepción, evaluación y el otorgamiento de la resolución de la manifestación de impacto ambiental, en su modalidad particular, de acuerdo con los criterios ambientales de la TABLA A y la clasificación de la TABLA B: a). ........................................................................................................................ $48,338.98 b). ........................................................................................................................ $96,680.23 c). ...................................................................................................................... $145,021.50 Fracción con incisos reformada DOF 27-12-2006 III. Por la recepción, evaluación y el otorgamiento de la resolución de la manifestación del impacto ambiental, en su modalidad regional, de acuerdo con los criterios ambientales de la TABLA A y la clasificación de la TABLA B: a). ........................................................................................................................ $63,258.58 LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 138 de 565 b). ...................................................................................................................... $126,514.87 c). ...................................................................................................................... $189,771.14 Fracción con incisos reformada DOF 27-12-2006 IV. (Se deroga el primer párrafo). Párrafo derogado DOF 27-12-2006 TABLA A No. CRITERIOS AMBIENTALES RESPUESTA VALOR 1 ¿Se trata de obras o actividades en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación? No 1 Sí 3 2 ¿Para el desarrollo del proyecto se requiere la autorización de impacto ambiental por el cambio de uso del suelo de áreas forestales, en selvas o zonas áridas? No 1 Sí 3 3 ¿El proyecto implica el uso o manejo de al menos una sustancia considerada dentro de las actividades consideradas altamente riesgosas? No 1 Sí 3 Tabla A reformada DOF 21-12-2005, 18-11-2015 Para determinar la cuota que le corresponde pagar, se debe calificar cada uno de los criterios anteriores y su clasificación será de acuerdo a la suma de los valores obtenidos. TABLA B GRADO CUOTA A PAGAR SEGÚN EL INCISO CORRESPONDIENTE A LAS FRACCIONES II Y III DE ESTE ARTÍCULO RANGO (CLASIFICACIÓN) Mínimo a) 3 Medio b) De 5 a 7 Alto c) 9 Tabla B reformada DOF 27-12-2006, 18-11-2015 El pago de los derechos de las fracciones II y III de este artículo se hará conforme a los criterios ambientales señalados en la TABLA A y los rangos de clasificación de la TABLA B, para lo cual se deberán sumar los valores que correspondan de cada criterio establecido en la TABLA A, y conforme al resultado de dicha suma se deberá clasificar el proyecto conforme a los rangos señalados en la TABLA B. Párrafo reformado DOF 27-12-2006 V. (Se deroga) Fracción derogada DOF 21-12-2005 VI. Por la evaluación y resolución de la solicitud de modificación de proyectos autorizados en materia de impacto ambiental ........................................................................................... $12,952.55 VII. (Se deroga). Fracción derogada DOF 18-11-2010 VIII. Por la evaluación de la solicitud de exención de presentación de la manifestación de impacto ambiental de las obras y actividades señaladas en el artículo 6o. del Reglamento de la Ley LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 139 de 565 General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, se pagará la cuota de: ............................................................ $5,941.17 Artículo adicionado DOF 10-05-1996. Reformado DOF 31-12-1998, 31-12-2000, 01-12-2004
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