- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 195-K
Artículo 195-K de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando quieras registrar documentos relacionados con salud, como permisos o autorizaciones, tendrás que pagar una cuota. Si una persona (como tú) le cede sus derechos a otra persona, el costo es de 201.40 pesos. Pero si una empresa o una persona le cede esos derechos a otra empresa, o si es un traspaso entre una persona y una empresa, el precio sube a 1,009.88 pesos.
Texto oficial
Artículo 195-K.- Por la inscripción de los actos jurídicos en materia sanitaria, se pagará por cada registro, el derecho de inscripción, de conformidad con las siguientes cuotas: Párrafo reformado DOF 26-12-1990 I.- De cesión de derechos de autorizaciones sanitarias entre personas físicas .......... $201.40 II.- De cesión de derechos de autorizaciones entre personas morales o entre personas físicas y morales .................................................................................................................. $1,009.88 III.- (Se deroga). Fracción derogada DOF 26-12-1990
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.