- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 222
Artículo 222 de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cualquier persona o empresa que use agua de la nación (como ríos, lagos o mantos acuíferos) tiene que pagar un impuesto llamado "derecho sobre agua". Esto aplica tanto si la usas de manera ilegal como si tienes un permiso del gobierno federal, como una concesión o autorización. La cantidad que debes pagar depende de la zona donde saques el agua, porque en algunas regiones hay más o menos agua disponible. En pocas palabras, si tomas agua que es propiedad del país, tienes que pagar por ella.
Texto oficial
Artículo 222. Están obligadas al pago del derecho sobre agua, las personas físicas y morales que usen, exploten o aprovechen aguas nacionales, bien sea de hecho o al amparo de títulos de asignación, concesión, autorización o permiso, otorgados por el Gobierno Federal, de acuerdo con la zona de disponibilidad de agua en que se efectúe su extracción. Artículo reformado DOF 18-12-1992, 29-12-1997, 31-12-1998, 11-12-2013
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.