Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFD/228
Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
228

Artículo 228 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 228 dice que el SAT o la autoridad del agua puede calcular cuánta agua usaste de manera estimada, sin necesidad de medirla exactamente, en varias situaciones. Por ejemplo, si no tienes un medidor instalado, si tu medidor está descompuesto y no lo reportaste o reparaste a tiempo, o si los sellos del medidor están rotos o alterados. También aplica si no pagaste el derecho de agua, si no dejaste que revisaran tu instalación, o si no llevas bien los registros de las lecturas. Incluso si usas agua sin permiso o modificas las tuberías sin autorización, pueden calcular el consumo por estimación. Esto no quita que además te puedan multar por lo que hiciste mal.

Texto oficial

Artículo 228.- La autoridad fiscal podrá proceder a determinar presuntivamente el volumen del agua, en los siguientes casos: Párrafo reformado DOF 01-01-2002 I.- No se tenga instalado aparato de medición. LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 209 de 565 II. No funcione el aparato de medición y tal circunstancia no se haya informado dentro del plazo que se establece en el artículo 225 de esta Ley o habiéndolo informado dicho aparato no se hubiera reparado dentro del trimestre siguiente. Fracción reformada DOF 20-12-1991, 18-11-2010 III. Estén rotos los sellos o se haya alterado o desajustado el funcionamiento, del aparato de medición. Fracción reformada DOF 18-11-2010 IV.- El contribuyente no efectúe el pago del derecho en los términos del artículo 226 de esta Ley. V.- Se opongan u obstaculicen la iniciación o desarrollo de las facultades de comprobación, verificación y medición o no presenten la información o documentación que le solicite la Comisión Nacional del Agua. Fracción reformada DOF 01-01-2002 VI. Cuando no se lleven los registros de las lecturas del aparato de medición, se lleven incorrectamente o en contravención de lo dispuesto por el artículo 225 de la presente Ley, o bien, no se conserven en los términos de lo establecido en el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación. Fracción adicionada DOF 01-01-2002. Reformada DOF 18-11-2010 VII. Se lleven a cabo instalaciones hidráulicas o derivaciones de agua sin la autorización respectiva o cuando se realicen modificaciones o manipulaciones a las tuberías o ramales de distribución. Fracción adicionada DOF 18-11-2010 VIII. Cuando se detecte que se lleva a cabo el uso, explotación o aprovechamiento de las aguas nacionales de hecho. Fracción adicionada DOF 18-11-2010 La determinación presuntiva a que se refiere este artículo procederá independientemente de las sanciones a que haya lugar.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 208) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 228 de la LEY Federal de Derechos, explicado | Precedente Legal