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Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
40

Artículo 40 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Por este artículo, se entiende que para hacer algunos trámites de importación o exportación, tienes que pagar una cuota fija. Por ejemplo, si quieres inscribirte en el registro para mover mercancías, pagarás $8,769.47. Si necesitas autorización para manejar almacenes de productos del extranjero, costará $93,352.66, y si eres transportista y te registras, pagarás $9,335.24. Cada servicio tiene su precio, como se lista en el artículo, y se paga al momento del trámite.

Texto oficial

Artículo 40. Por el trámite y, en su caso, por el otorgamiento de las inscripciones, concesiones o autorizaciones que a continuación se señalan, se pagará el derecho aduanero de inscripciones, concesiones y autorizaciones, conforme a las siguientes cuotas: Párrafo reformado DOF 01-12-2004 a). Por la inscripción en el registro del despacho de mercancías ............................... $8,769.47 LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 57 de 565 b). Por la autorización de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte ....................................................................................................... $17,821.85 Inciso reformado DOF 01-12-2004 c). Por la autorización para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado ......................................................................................................... $17,256.04 d). Por la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior. ........................................................................ $93,352.66 e). Por la autorización para prestar los servicios de carga, descarga, estiba, acarreo y trasbordo de mercancías en el recinto fiscal ............................................................................. $17,821.85 f). Por la autorización de representante legal ........................................................... $14,144.29 Inciso reformado DOF 09-12-2019 g). Por la autorización de dictaminador aduanero ..................................................... $14,144.29 h). Por la autorización para la entrada y salida de mercancías por tuberías, ductos, cables u otros medios de conducción .......................................................................................... $15,558.77 i). Por la autorización de depósito fiscal temporal para locales destinados a exposiciones internacionales de mercancías ............................................................................... $8,486.60 Inciso reformado DOF 01-12-2004 j). Por la inscripción en el Registro de empresas transportistas ................................ $9,335.24 k). Por la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para la exposición y ventas de mercancías extranjeras y nacionales ................................................................... $77,708.99 I). Por la habilitación de un inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización o prórroga para su administración: .................................................................................................... $107,378.81 Inciso adicionado DOF 30-12-2002. Reformado DOF 24-12-2007 m) Por la inscripción en el registro de empresas certificadas ................................... $40,267.06 Inciso adicionado DOF 30-12-2002 n). Por la autorización de mandatario de agente aduanal o de mandatario de agencia aduanal ................................................................................................................. $15,426.40 Inciso adicionado DOF 31-12-2003. Reformado DOF 08-12-2020 ñ). Por la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico ........................................................................................................ $37,026.18 Inciso adicionado DOF 13-11-2008 o). Por la autorización para prevalidar electrónicamente los datos contenidos en los pedimentos .................................................................................................. $12,507.71 Inciso adicionado DOF 13-11-2008 p). Por la autorización para el procesamiento electrónico de datos necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores ............................................................................................ $12,507.71 Inciso adicionado DOF 13-11-2008 LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 58 de 565 q). Por la autorización para que dentro de los recintos fiscalizados, las mercancías en ellos almacenadas puedan ser objeto de elaboración, transformación o reparación ......................................................................................................... $12,507.71 Inciso adicionado DOF 13-11-2008 r). Por la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o en su caso colocar marbetes o precintos .......................................... $12,404.18 Inciso adicionado DOF 09-12-2019 s). Por la adición de cada bodega, sucursal o instalación a la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o en su caso colocar marbetes o precintos ............................................................................................................. $5,124.74 Inciso adicionado DOF 09-12-2019 t). Por la autorización para la fabricación o importación de candados a que se refiere la Ley Aduanera ............................................................................................................ $2,342.86 Inciso adicionado DOF 09-12-2019 u). Por la autorización para prestar los servicios de despacho aduanero de las mercancías de comercio exterior fuera de los días y horas hábiles señalados por el Servicio de Administración Tributaria ................................................................................................................ $306.12 Inciso adicionado DOF 12-11-2021 Los derechos a que se refieren los incisos b), c), d), e), h), k), l), m), n), ñ), o), p), q), s) y t) de este artículo se pagarán anualmente. Los derechos a que se refieren los incisos a), f), g), i), j), r) y u) de este artículo se pagarán por única vez. Párrafo reformado DOF 30-12-2002, 31-12-2003, 24-12-2007, 13-11-2008, 09-12-2019, 12-11-2021 Por la prórroga de las autorizaciones a que se refieren los incisos b), c), g), h), i), k), n), ñ), o), p) y t) de este artículo, así como por la renovación de las autorizaciones a que se refieren los incisos a) y m) de este artículo, se pagarán las mismas cuotas que se establecen para cada inciso. Párrafo adicionado DOF 24-12-2007. Reformado DOF, 13-11-2008, 09-12-2019 Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en este artículo se destinarán al Servicio de Administración Tributaria o a la Agencia Nacional de Aduanas de México, órgano auxiliar de la administración aduanera, según corresponda. Párrafo reformado DOF 14-11-2022 Artículo reformado DOF 31-12-1998, 31-12-2000, 01-01-2002

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 56) ↗

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