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Artículo 61 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres usar materiales, equipos o tecnologías diferentes a los que marca una Norma Oficial Mexicana de energía, necesitas pedir permiso a la Secretaría de Energía o a la Comisión Reguladora de Energía. Por analizar tu solicitud y, si te autorizan, tendrás que pagar una cuota de 4,038 pesos con 10 centavos. Esto aplica cuando busques alternativas a lo que ya está establecido en las normas oficiales de esas dependencias. Es un pago fijo por el trámite, no importa si usas uno o varios métodos alternativos.

Texto oficial

Artículo 61. Por el análisis de la solicitud y, en su caso, la autorización que emita la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía, en el ámbito de sus respectivas competencias, para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, tecnologías o procedimientos alternativos a los previstos en las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por estas dependencias, en términos de lo dispuesto por los artículos 63 y Quinto Transitorio de la Ley de Infraestructura de la Calidad, se pagarán derechos conforme a la cuota de ..................... $4,038.10 Artículo adicionado DOF 01-12-2004. Reformado DOF 13-11-2008, 18-11-2010, 14-11-2022

Ver ley oficial en el DOF (pág. 69) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.