Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFD/71
Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
71

Artículo 71 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente el 18 de noviembre de 2010. Antes de esa fecha, el artículo fue modificado varias veces entre 1989 y 1994, pero ya no tiene ningún efecto. En pocas palabras, ya no debes preocuparte por lo que decía porque ya no es válido.

Texto oficial

Artículo 71. (Se deroga). Artículo reformado DOF 28-12-1989, 20-12-1991, 18-12-1992, 03-12-1993, 28-12-1994. Derogado DOF 18-11-2010 LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 73 de 565

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 72) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.