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Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
12

Artículo 12 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El "autor" es la persona de carne y hueso que inventa o crea una obra, como un libro, una canción o una pintura. La ley reconoce que solo una persona real puede ser considerada autora, no una empresa o un robot. Esto aplica a cualquier creación artística o literaria, desde un poema hasta una escultura.

Texto oficial

Artículo 12.- Autor es la persona física que ha creado una obra literaria y artística.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 4) ↗

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