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Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
126

Artículo 126 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los editores de libros tienen el derecho exclusivo de usar el diseño y la forma en que están acomodados los textos e imágenes (tipografía y diagramación) que ellos mismos crearon para cada libro. Eso significa que nadie más puede copiar ese formato específico sin su permiso. Pero este derecho solo aplica si esos diseños son originales, es decir, hechos por ellos y no copiados de otro lado. En pocas palabras, el editor es el único dueño de la "cara" visual única de su libro.

Texto oficial

Artículo 126.- Los editores de libros gozarán del derecho de exclusividad sobre las características tipográficas y de diagramación para cada libro, en cuanto contengan de originales.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.