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Artículo 126 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los editores de libros tienen el derecho exclusivo de usar el diseño y la forma en que están acomodados los textos e imágenes (tipografía y diagramación) que ellos mismos crearon para cada libro. Eso significa que nadie más puede copiar ese formato específico sin su permiso. Pero este derecho solo aplica si esos diseños son originales, es decir, hechos por ellos y no copiados de otro lado. En pocas palabras, el editor es el único dueño de la "cara" visual única de su libro.

Texto oficial

Artículo 126.- Los editores de libros gozarán del derecho de exclusividad sobre las características tipográficas y de diagramación para cada libro, en cuanto contengan de originales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.