Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 205 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 205 dice que las sociedades de gestión colectiva (organizaciones que cobran regalías por obras artísticas, como música o películas) deben escribir en sus estatutos (su reglamento interno) al menos estos puntos: su nombre, dirección, qué hacen, quiénes son los dueños de los derechos que manejan, cómo alguien se vuelve o deja de ser socio, los derechos y obligaciones de los socios, y las reglas para votar. En el voto, tienen que evitar que unos cuantos dominen las decisiones, y para echar a un socio se necesita que el 75% de los asistentes a la asamblea esté de acuerdo, con un voto por persona. También deben especificar quiénes mandan, cómo se eligen a los administradores (sin excluir a nadie de serlo), cuánto dinero tienen al inicio, y qué porcentaje de lo que ganan se va a gastos de operación, seguridad social y promoción de obras. Por último, las reglas para repartir el dinero recaudado deben ser justas: cada creador recibe una parte proporcional a cuánto se usaron sus obras, actuaciones o grabaciones de verdad.

Texto oficial

Artículo 205.- En los estatutos de las sociedades de gestión colectiva se hará constar, por lo menos, lo siguiente: I. La denominación; II. El domicilio; III. El objeto o fines; IV. Las clases de titulares de derechos comprendidos en la gestión; V. Las condiciones para la adquisición y pérdida de la calidad de socio; VI. Los derechos y deberes de los socios; VII. El régimen de voto: A) Establecerá el mecanismo idóneo para evitar la sobrerepresentación de los miembros. B) Invariablemente, para la exclusión de socios, el régimen de voto será el de un voto por socio y el acuerdo deberá ser del 75% de los votos asistentes a la Asamblea; VIII. Los órganos de gobierno, de administración, y de vigilancia, de la sociedad de gestión colectiva y su respectiva competencia, así como las normas relativas a la convocatoria a las distintas asambleas, con la prohibición expresa de adoptar acuerdos respecto de los asuntos que no figuren en el orden del día; IX. El procedimiento de elección de los socios administradores. No se podrá excluir a ningún socio de la posibilidad de fungir como administrador; X. El patrimonio inicial y los recursos económicos previstos; XI. El porcentaje del monto de recursos obtenidos por la sociedad, que se destinará a: a) La administración de la sociedad; b) Los programas de seguridad social de la sociedad, y LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 46 de 87 c) Promoción de obras de sus miembros, y XII. Las reglas a que han de someterse los sistemas de reparto de la recaudación. Tales reglas se basarán en el principio de otorgar a los titulares de los derechos patrimoniales o conexos que representen, una participación en las regalías recaudadas que sea estrictamente proporcional a la utilización actual, efectiva y comprobada de sus obras, actuaciones, fonogramas o emisiones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.