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Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
48

Artículo 48 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 48 dice que, a menos que acuerden algo diferente por escrito, todos los gastos para hacer el libro, repartirlo, promocionarlo y anunciarlo los paga el editor. Es decir, si tú eres el autor, no tienes que preocuparte por esos costos. Solo si firman un contrato donde diga otra cosa, podrían cambiar esa regla.

Texto oficial

Artículo 48.- Salvo pacto en contrario, los gastos de edición, distribución, promoción, publicidad, propaganda o de cualquier otro concepto, serán por cuenta del editor.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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