Artículo 88 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esto significa que si alguien te compra los derechos exclusivos de una pintura, foto o escultura, no tiene permiso para poner tu obra en camisetas, tazas, calendarios o cualquier otro producto para venderlo. Tampoco puede usar tu obra para hacer publicidad de esos artículos. Solo podría hacerlo si tú y el comprador firman un acuerdo especial donde le autorices eso. En pocas palabras, los derechos de una obra de arte no incluyen automáticamente el derecho a explotarla comercialmente en mercancías.
Texto oficial
Artículo 88.- Salvo pacto en contrario, el derecho exclusivo a reproducir una obra pictórica, fotográfica, gráfica o escultórica no incluye el derecho a reproducirla en cualquier tipo de artículo así como la promoción comercial de éste. Artículo reformado DOF 23-07-2003
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.