Artículo 13 de la LEY Federal de los Derechos del Contribuyente
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el SAT empiece a revisar tus declaraciones o contabilidad (según el artículo 42 del Código Fiscal), desde el primer aviso deben decirte que tienes derecho a corregir tu situación fiscal. También te deben explicar los beneficios que obtienes si haces esa corrección voluntaria, como evitar multas o pagar menos intereses. En pocas palabras, desde que te notifican la revisión, ellos están obligados a informarte que puedes arreglar tus cuentas por tu cuenta antes de que ellos te sancionen. Así no te agarran en curva y tienes oportunidad de ponerte al corriente.
Texto oficial
Artículo 13.- Cuando las autoridades fiscales ejerzan sus facultades para comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales previstas en las fracciones II y III del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, deberán informar al contribuyente con el primer acto que implique el inicio de esas facultades, el derecho que tiene para corregir su situación fiscal y los beneficios de ejercer el derecho mencionado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.