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Artículo 4 de la LEY Federal de los Derechos del Contribuyente

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo te protege para que el SAT (Servicio de Administración Tributaria) te trate bien. Los funcionarios tienen la obligación de ayudarte a cumplir con tus deberes y hacer valer tus derechos como contribuyente. Si el SAT necesita que hagas algo, debe pedírtelo de la manera que te sea menos complicada o que te perjudique lo menos posible, mientras no dejes de pagar o reportar lo que te toca. En resumen, no te pueden poner trabas ni hacerte perder el tiempo de manera innecesaria.

Texto oficial

Artículo 4o.- Los servidores públicos de la administración tributaria facilitarán en todo momento al contribuyente el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Las actuaciones de las autoridades fiscales que requieran la intervención de los contribuyentes deberán de llevarse a cabo en la forma que resulte menos gravosa para éstos, siempre que ello no perjudique el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. CAPÍTULO II Información, Difusión y Asistencia al Contribuyente LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 23-06-2005 3 de 7

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.