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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFEA/9
Ley
LEY de Firma Electrónica Avanzada
Artículo
9

Artículo 9 de la LEY de Firma Electrónica Avanzada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una persona o empresa pueda usar la firma electrónica avanzada (como una firma digital segura) en los trámites que menciona esta ley, necesita dos cosas. La primera es tener un certificado digital vigente, que es como una credencial electrónica válida y aprobada según las reglas de esta ley. La segunda es tener una clave privada, que es una contraseña especial que solo tú conoces y manejas. En pocas palabras, necesitas un “documento digital” actualizado y una llave secreta que solo tú uses.

Texto oficial

Artículo 9. Para que los sujetos obligados puedan utilizar la firma electrónica avanzada en los actos a que se refiere esta Ley deberán contar con: I. Un certificado digital vigente, emitido u homologado en términos de la presente Ley, y II. Una clave privada, generada bajo su exclusivo control. CAPÍTULO II De los documentos electrónicos y de los mensajes de datos

Ver texto oficial de la LEY de Firma Electrónica Avanzada (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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