- Ley
- LEY Federal de las Entidades Paraestatales
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la LEY Federal de las Entidades Paraestatales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien no cumple con lo que dice esta ley, le van a aplicar un castigo. Para decidir ese castigo, van a usar las reglas que ya existen para sancionar a los empleados del gobierno federal. Es decir, no se inventa un castigo nuevo, sino que se usan las mismas consecuencias que ya están establecidas para los servidores públicos. La autoridad revisará el caso y aplicará lo que corresponda según la falta.
Texto oficial
ARTICULO 13.- Las infracciones a esta Ley serán sancionadas en los términos que legalmente correspondan atendiendo al régimen de responsabilidades de los servidores públicos federales. CAPITULO II De los Organismos Descentralizados SECCION A Constitución, Organización y Funcionamiento
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.