Artículo 37 de la LEY Federal de las Entidades Paraestatales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 37 dice que los jefes o directores de las empresas que son del gobierno (donde el gobierno es el dueño mayoritario) también tienen los mismos poderes y obligaciones que se mencionan en el artículo 59 de esta ley. Esto no quita que, además, tengan las facultades que ya les da el reglamento interno de la empresa o las leyes que les apliquen. En pocas palabras, estos directores deben cumplir con lo que dice aquí y con lo que ya digan sus propias reglas.
Texto oficial
ARTICULO 37.- Las personas Titulares de las Direcciones Generales o sus equivalentes de las empresas de participación estatal mayoritaria, sin perjuicio de las facultades y obligaciones que se les atribuyan en los estatutos de la empresa y legislación del caso, tendrán las que se mencionan en el artículo 59 de este ordenamiento. Artículo reformado DOF 01-03-2019
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