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Artículo 48 de la LEY Federal de las Entidades Paraestatales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 48 explica que el Programa Institucional es como un plan de compromisos que una empresa del gobierno (como Petróleos Mexicanos o la Comisión Federal de Electricidad) se pone a sí misma, con metas y resultados que debe cumplir. Ese plan tiene que incluir los objetivos y las metas que persigue, los resultados económicos y financieros que espera obtener, y las reglas para medir si está funcionando bien. También debe definir sus estrategias (cómo va a lograr las cosas) y sus prioridades (lo más importante), además de calcular y organizar los recursos que necesita, como dinero o personal. Por último, tiene que describir cómo va a coordinar sus tareas con programas específicos y hasta anticipar si va a necesitar cambiar su estructura interna (por ejemplo, crear o quitar áreas).

Texto oficial

ARTICULO 48.- El Programa Institucional constituye la asunción de compromisos en términos de metas y resultados que debe alcanzar la entidad paraestatal. La programación institucional de la entidad, en consecuencia deberá contener la fijación de objetivos y metas, los resultados económicos y financieros esperados así como las bases para evaluar las acciones que lleve a cabo; la definición de estrategias y prioridades; la previsión y organización de recursos para alcanzarlas; la expresión de programas para la coordinación de sus tareas, así como las previsiones respecto a las posibles modificaciones a sus estructuras.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.