- Ley
- LEY Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la LEY Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En este artículo se dice que el Registro va a guardar toda la información que tenga que ver con el proceso de inscribir organizaciones. También va a incluir cualquier dato que salga de ese trámite, como los apoyos que les den las dependencias del gobierno a esas organizaciones. Básicamente, todo lo relacionado con las organizaciones registradas se va a juntar ahí.
Texto oficial
Artículo 23. En el Registro se concentrará toda la información que forme parte o se derive del trámite y gestión respecto de la inscripción de las organizaciones en el mismo. Dicha información incluirá todas las acciones de fomento que las dependencias o entidades emprendan con relación a las organizaciones registradas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.