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Artículo 10 de la LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un dueño de un negocio o empresa quiere venderla o pasarla a otra persona, primero debe avisar a la Secretaría (la dependencia del gobierno que lleva el registro) para que anoten al nuevo dueño en el Padrón (la lista oficial de empresarios) y le den una nueva cédula (un documento que lo acredita como microindustrial). Esto es necesario para que la persona que compra el negocio pueda recibir los beneficios que la ley da para las microindustrias, como apoyos o descuentos. Sin ese registro y cédula, el nuevo dueño no tendrá derecho a esas ventajas.

Texto oficial

ARTICULO 10.- Cuando un empresario desee transmitir la empresa a otra persona, se deberá solicitar previamente de la Secretaría la inscripción del nuevo empresario en el Padrón y el consecuente otorgamiento de la nueva cédula, para que el adquirente pueda disfrutar de los beneficios establecidos para las microindustrias. Artículo reformado DOF 22-07-1991, 15-12-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.