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Artículo 11 de la LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un negocio pierde su registro como empresa microindustrial (o sea, que su número de registro y su cédula quedan cancelados), el dueño ya no puede usar el nombre "empresa microindustrial", las siglas "MI" ni "ART". Tampoco puede pedir ni recibir los beneficios especiales que tienen esas empresas. Además, tiene la obligación de entregar la cédula a la Secretaría dentro de los 15 días hábiles siguientes. La Secretaría, por su lado, avisará a las otras autoridades para que le quiten todos los beneficios que le habían dado.

Texto oficial

ARTICULO 11.- Al cancelarse la inscripción y la cédula, el empresario no podrá seguir utilizando el término "empresa microindustrial" o su sigla "MI", y "ART", en su caso, ni solicitar y obtener los beneficios que se conceden a las empresas microindustriales, quedando obligado a devolver la cédula a la Secretaría dentro de un plazo de 15 días hábiles. Párrafo reformado DOF 15-12-2011 La propia Secretaría comunicará a las autoridades correspondientes la cancelación de la inscripción y la cédula, a fin de que se dejen sin efecto, a partir de la cancelación, los beneficios que se hayan otorgado. CAPITULO III De las Empresas Microindustriales Personas Morales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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