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Artículo 27 de la LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una microindustria (como un taller o negocio pequeño), puedes pedirle a la Secretaría o a las autoridades que manejan el registro oficial que te orienten. Ellas te van a dar información sobre los trámites que debes hacer y las obligaciones que tienes que cumplir. También te pueden decir qué apoyos o incentivos (como dinero o beneficios) puedes recibir. Solo tienes que solicitarlo para que te ayuden.

Texto oficial

ARTICULO 27.- La Secretaría o las autoridades competentes en el manejo del Padrón, proporcionarán información a las microindustrias que lo soliciten, con relación al cumplimiento de trámites y obligaciones, así como sobre los apoyos e incentivos que puedan obtener.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.