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Ley
LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Basado en la información que tiene la Secretaría en el Padrón (que es como una lista oficial de microindustrias registradas), ellos van a actualizar o cambiar los datos de tu cédula de microindustria (tu permiso o certificado como negocio pequeño). Si es necesario, también pueden cancelarla. Además, deben avisar a otras oficinas de gobierno que correspondan sobre estos cambios o cancelaciones.

Texto oficial

ARTICULO 26.- De conformidad con los datos del Padrón, la Secretaría procederá a refrendar, modificar y, en su caso, cancelar la cédula de microindustria, dando los avisos correspondientes a las dependencias competentes. LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA Y LA ACTIVIDAD ARTESANAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 27-03-2023 6 de 18

Ver texto oficial de la LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal (pág. 5) ↗

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