Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 5 de la LEY de la Fiscalía General de la República

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Ministerio Público Federal, que es la Fiscalía, tiene como trabajo investigar y perseguir delitos federales, es decir, los que afectan a todo el país, como el narcotráfico o la delincuencia organizada. También se encarga de quitarle bienes a los delincuentes (extinción de dominio) y de defender los derechos humanos tanto de la persona acusada como de la víctima durante todo el proceso penal. La Fiscalía General de la República puede tomar casos que normalmente son de los estados (fuero común) cuando así lo marquen la Constitución o las leyes. Además, si eres víctima de un delito, puedes pedirle a la Fiscalía que atraiga tu caso para que lo investigue a nivel federal.

Texto oficial

Artículo 5. Al Ministerio Público de la Federación le corresponde, en representación de los intereses de la sociedad: la investigación y la persecución de los delitos del orden federal y los de su competencia ante los tribunales, la preparación y el ejercicio de la acción de extinción de dominio, la intervención en todos los asuntos que correspondan a sus funciones constitucionales, así como promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de la persona imputada, de la víctima o de la persona ofendida durante el desarrollo del procedimiento penal, establecidos en la Constitución, en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte, en el Código Nacional, la presente Ley, y las demás disposiciones legales aplicables. La Fiscalía General de la República podrá ejercer la facultad de atracción de casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales y las leyes aplicables. La víctima podrá solicitar a la Fiscalía General que ejerza su facultad de atracción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.