Artículo 6 de la LEY de la Fiscalía General de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los agentes del Ministerio Público (los fiscales que investigan delitos) deben trabajar sin que nadie los presione o los obligue a hacer algo que no sea justo. Ellos tienen la libertad de decidir cómo llevar las investigaciones, siempre buscando la verdad: deben investigar tanto lo que acusa a una persona como lo que podría demostrar que es inocente o que merece un castigo más leve. Además, en los casos donde se busca quitar propiedades obtenidas ilegalmente (extinción de dominio), también deben seguir las leyes y un plan general de justicia. En pocas palabras, su trabajo es ser imparciales y basarse solo en los hechos, sin dejarse influenciar por nadie.
Texto oficial
Artículo 6. Las personas agentes del Ministerio Público de la Federación ejercerán sus funciones con independencia y autonomía, libres de cualquier tipo de coacción o interferencia en su actuar. En el ejercicio de sus funciones, se conducirán conforme al criterio de objetividad, con base en el cual dirigirán la investigación de los hechos y las circunstancias que prueben, eximan o atenúen la responsabilidad de las personas imputadas, así como en materia de extinción de dominio, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable y en el Plan Estratégico de Procuración de Justicia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.