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Ley
LEY de la Fiscalía General de la República
Artículo
87

Artículo 87 de la LEY de la Fiscalía General de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Fiscalía General (la institución encargada de investigar delitos y perseguir a los responsables) tiene libertad para administrar su propio dinero. Esto significa que ella decide cómo gastar su presupuesto anual sin que el gobierno le imponga cómo hacerlo. Todo el manejo de su lana debe hacerse siguiendo la Ley Federal de Presupuesto y las reglas que ponga su propio jefe o jefa. En pocas palabras, el artículo dice que la Fiscalía maneja su presupuesto de manera independiente, pero siempre dentro de lo que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 87. El presupuesto de la Fiscalía General se ejercerá en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones que para tal efecto emita la persona titular de la Fiscalía General. La Fiscalía General goza de autonomía presupuestaria respecto de la asignación, reparto, distribución, manejo, seguimiento y control de su presupuesto anual. TÍTULO IX PLAN ESTRATÉGICO DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA CAPÍTULO ÚNICO PLAN ESTRATÉGICO

Ver texto oficial de la LEY de la Fiscalía General de la República (pág. 48) ↗

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