- Ley
- LEY de Fondos de Inversión
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la LEY de Fondos de Inversión
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los fondos de inversión no pueden hacer varias cosas. Por ejemplo, no pueden guardar dinero de la gente como si fuera un banco. Tampoco pueden prestar sus cosas (como propiedades o acciones) para garantizar deudas de otras personas. Además, no pueden recomprar o vender sus propias acciones a un precio diferente al que marca la ley. Básicamente, estos fondos tienen prohibido actuar como un banco o prestar su nombre para respaldar a terceros.
Texto oficial
Artículo 18.- Los fondos de inversión tendrán prohibido: Párrafo reformado DOF 10-01-2014 I. Recibir depósitos de dinero; LEY DE FONDOS DE INVERSIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 23 de 114 II. Dar en garantía sus bienes muebles, inmuebles, valores, títulos y documentos que mantengan en sus activos, salvo que tengan por objeto garantizar el cumplimiento de obligaciones a cargo del fondo, producto de la realización de las operaciones a que se refiere el artículo 15, fracciones II, V y VI de esta Ley, así como aquellas en las que puedan participar y que de conformidad con las disposiciones que les sean aplicables a dichas transacciones deban estar garantizadas; Fracción reformada DOF 10-01-2014 III. Otorgar su aval o garantía respecto de obligaciones a cargo de un tercero; IV. Recomprar o vender las acciones que emitan a precio distinto al que se señale conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de esta Ley considerando las comisiones que correspondan a cada serie accionaria. Tratándose de fondos de inversión que coticen en bolsa, se ajustarán al régimen de recompra previsto en la Ley del Mercado de Valores aplicable a las sociedades emisoras; Fracción reformada DOF 10-01-2014 V. Practicar operaciones activas de crédito, excepto préstamos y reportos sobre valores, de conformidad con lo previsto en la fracción II del artículo 15 de esta Ley, y VI. Lo que les señale ésta u otras leyes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.