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Artículo 141 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 141 dice que si alguien comete una falta administrativa (como un mal uso de recursos públicos), además de recibir un castigo por parte del gobierno, también puede tener problemas legales en lo civil o lo penal. Esto significa que la misma persona podría tener que pagar una multa, enfrentar una demanda o hasta ir a la cárcel, dependiendo de lo que haya hecho. También puede tener que reparar el daño que causó, como devolver dinero o pagar por los perjuicios. En pocas palabras, un mismo acto puede tener diferentes consecuencias legales al mismo tiempo. Los artículos temporales solo indican que la ley empieza a aplicar al día siguiente de publicarse en el periódico oficial, y que se hicieron cambios a otras leyes relacionadas con el presupuesto.

Texto oficial

Artículo 141. Las responsabilidades administrativas a que se refiere el artículo anterior, serán independientes de las del orden civil o penal que puedan derivar de la comisión de los mismos hechos, así como de las responsabilidades resarcitorias que correspondan en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Transitorio Único. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Artículo Segundo.- Se reforman los artículos 2, párrafo primero, fracción XXIV Bis; 16, párrafo tercero; 17, párrafos octavo y noveno; 21, párrafo primero, fracción III, inciso a), párrafo segundo; 32, párrafos primero, segundo, quinto, sexto y séptimo; 50, párrafos primero, tercero, cuarto y sexto, y 108, párrafo primero; y se adicionan los artículos 2, párrafo primero, con una fracción XXXIX Bis; 9 Bis; 35 Bis, y 54, con un párrafo quinto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.