LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica en todo México y su objetivo es crear reglas para que se puedan hacer inversiones en proyectos de infraestructura importantes para el país, como carreteras, hospitales o plantas de energía, con la participación del gobierno, empresas privadas y la sociedad. Todo debe hacerse siguiendo lo que dice la Constitución y las leyes sobre cómo se gasta el dinero público, los presupuestos y las deudas. Ojo: esta ley por sí sola no permite gastar dinero ni pedir préstamos; para eso se necesitan autorizaciones especiales. Si participan estados o municipios, deben cumplir con sus propias reglas de finanzas y deudas, y con los acuerdos que firmen con el gobierno federal.
- Art. 2Este artículo dice que cualquier inversión o proyecto importante que se haga con esta ley debe ponerse por encima los intereses de México y su pueblo, cuidando siempre que no se desestabilicen las finanzas del país ni el sistema bancario. La idea es que solo se pueda gastar o endeudar si eso ayuda a que la economía crezca y se generen empleos, pero todo debe hacerse siguiendo al pie de la letra las reglas de presupuesto, deuda y contabilidad que ya existen, sin inventar atajos. Además, ninguna decisión de inversión puede comprometer dinero del gobierno más allá de lo que las leyes permitan, para mantener la disciplina y la responsabilidad con el dinero público. En pocas palabras, el gobierno puede meter dinero en proyectos estratégicos, pero siempre con control estricto y sin arriesgar las finanzas de todos.
- Art. 3Este artículo explica que el "fomento a la inversión" significa las formas en que el gobierno apoya o promueve proyectos importantes para el país, como carreteras, hospitales o plantas de energía. Estos proyectos deben ayudar a que la economía crezca, que haya menos desigualdad entre la gente, y que todos tengan acceso a servicios básicos como agua, luz o salud. También deben impulsar el desarrollo regional y seguir los planes del gobierno federal. Pero ojo: el hecho de que un proyecto esté alineado con esos planes no significa que ya tenga dinero asegurado para realizarse.
- Art. 4El artículo 4 define los términos clave que se usan en esta ley. Por ejemplo, "apoyo" son las ayudas que da el gobierno para fomentar inversiones, y "beneficios" son las facilidades que otorga el Estado. El "Comité de Análisis de Riesgos" es un grupo de expertos de la Secretaría de Hacienda que propone cómo reducir los peligros de los proyectos. También se explica que "Entidades Federativas" son los estados del país más la Ciudad de México. Por último, los "Esquemas de Participación Mixta" son formas en que el gobierno y empresas privadas o sociales trabajan juntos para financiar, construir u operar proyectos, compartiendo riesgos y ganancias.
- Art. 5Este artículo dice que la ley aplica a todos los proyectos de inversión que hagan los departamentos del gobierno federal (como secretarías de Estado) y los gobiernos de los estados y municipios. Los estados y municipios solo pueden participar si firman un convenio o acuerdo con el gobierno federal, y además deben cumplir con sus propias leyes locales y con las reglas nacionales sobre deuda, presupuesto y disciplina financiera.
- Art. 6La Secretaría es quien va a explicar y aplicar esta ley, y también va a crear las reglas para que un proyecto pueda participar en inversiones. Estas reglas deben seguir otras leyes importantes de México, como las de presupuesto, deuda y contabilidad del gobierno. Las nuevas reglas no pueden quitar derechos que ya tengas, ni obligarte a cosas que no estén en la ley, ni reemplazar permisos de dinero o deuda que ya se necesiten. Los detalles más específicos, como formatos o métodos técnicos, van a estar en el reglamento de esta ley y en las reglas que emita la Secretaría.
- Art. 7Los proyectos que usan dinero del gobierno y que entran en los "Vehículos de Propósito Específico" (que son como fideicomisos creados para un fin concreto) se consideran importantes. Por eso, deben ser registrados, vigilados y evaluados según la Ley Federal de Presupuesto. Además, una vez que se les aprueba un presupuesto, no les pueden bajar la cantidad de dinero asignada.
- Art. 8El Artículo 8 dice que, si esta ley no menciona algo específico, se usan otras leyes para resolverlo, en este orden: para asuntos de dinero y administración pública, primero se aplica la Ley Federal de Presupuesto; para trámites civiles o de empresas, se usa el Código Civil Federal o el de Comercio; y para proyectos grandes como obras o carreteras, se recurre a leyes como la de Obras Públicas. Básicamente, es como un "plan B" que te dice a qué otras reglas acudir cuando esta ley no cubre un tema.
- Art. 9Si tienes un proyecto que busca mejorar tu comunidad o el bienestar social, y quieres que el gobierno lo apoye con recursos o estímulos de esta ley, primero debes presentarlo al Consejo. Ese Consejo revisará si tu proyecto cumple con lo necesario para ser aceptado. Esto no quita que tu proyecto también tenga que seguir otras reglas o leyes que ya existen, ni que necesite permisos especiales de presupuesto. En pocas palabras, necesitas pasar por dos filtros: la revisión del Consejo y los trámites legales y de dinero que ya están establecidos.
- Art. 9 BisSi una dependencia del gobierno firma un contrato para construir algo importante como un puente, una carretera o una presa, tiene que presentar información completa sobre cuánto cuesta, qué bienes o deudas genera, y los riesgos que implica. Todo esto debe hacerse con las reglas contables que ponga la Secretaría, para que quede claro y se pueda revisar fácilmente. Las empresas privadas que ganen esos contratos están obligadas a darle al gobierno los datos que les pidan para cumplir con esto. Y esa obligación debe estar escrita en el contrato desde el principio.
- Art. 10La Secretaría va a crear o va a usar empresas especiales (llamadas "Vehículos de Propósito Específico") para ayudar a que proyectos de desarrollo beneficien a la gente. Con esas empresas, podrán coordinarse mejor con negocios y con organizaciones de la sociedad civil. Todo esto lo harán para el bienestar del pueblo, pero siempre siguiendo la Constitución y las reglas de presupuesto, finanzas y deuda pública. En otras palabras, el gobierno usará herramientas legales para hacer alianzas sin pasarse de lo que la ley permite.
- Art. 11Los Vehículos de Propósito Específico se pueden crear de dos formas: como un fideicomiso (que es un acuerdo donde alguien administra bienes para un fin) o como una sociedad anónima (una empresa con dueños llamados accionistas). También pueden ser otros tipos de sociedades que se usan para invertir en la bolsa, siempre y cuando sigan las leyes de empresas y del mercado de valores. En estos vehículos pueden participar juntos o por separado el gobierno, empresas privadas o grupos de la sociedad.
- Art. 12El Artículo 12 dice que los Vehículos de Propósito Específico (que son empresas creadas solo para un proyecto en concreto) solo pueden usarse para invertir o pagar proyectos relacionados con el desarrollo con bienestar que menciona esta ley. Además, estas empresas siempre tienen que buscar las mejores condiciones económicas y de financiamiento para que el proyecto salga bien. En pocas palabras, su único objetivo es apoyar el proyecto, y deben hacerlo de la manera más barata y eficiente posible.
- Art. 13Este artículo habla de crear empresas especiales llamadas "Vehículos de Propósito Específico", que sirven para invertir en proyectos de energía o infraestructura. Estas empresas pueden comprar acciones o instrumentos financieros que estén relacionados con compañías que promuevan ese tipo de proyectos. Si usan dinero del gobierno, deben cumplir con todas las leyes que aplican. Para conseguir más fondos, pueden emitir certificados bursátiles o instrumentos de deuda, pero solo si eso ayuda a mejorar el proyecto. Ojo: esto no significa que ya estén autorizadas para vender esos instrumentos al público ni para recibir dinero de cualquier persona; tienen que seguir al pie de la letra la Ley del Mercado de Valores. Y si hay dinero público de por medio, también deben acatar las reglas de presupuesto, control de gasto y deuda pública.
- Art. 14Los carros o vehículos que se usan para un proyecto especial deben buscar que todo salga lo más barato y conveniente posible, sin gastar de más. Tienen que hacerlo con reglas claras, sin trampas, y usando el dinero público de manera honesta y responsable. Esto significa que no pueden derrochar ni esconder cómo se gasta el dinero. Todo debe hacerse con orden y mostrando cada paso, para que el proyecto beneficie a la gente.
- Art. 15Los gobiernos de los estados y municipios pueden unirse al gobierno federal para crear "Vehículos de Propósito Específico" (que son como empresas o fideicomisos creados para un proyecto en concreto). Para hacerlo, deben usar dinero de sus propios impuestos o ingresos locales, y también pueden usar los recursos que les tocan de los fondos federales o de lo que pueden gastar libremente según las leyes de coordinación fiscal y disciplina financiera. Esto no significa que el gobierno federal tenga que poner más dinero o aumentar sus aportaciones. Además, antes de participar, deben tener todos los permisos necesarios según sus propias leyes, sobre todo en temas de presupuesto, finanzas y deudas.
- Art. 16La Secretaría puede decidir nombrar a una persona especialista o a un grupo de expertos para que se encarguen de ciertos proyectos de infraestructura muy específicos, cuando sea necesario por sus características. Esto lo hará siguiendo las reglas que ya están establecidas en la ley. En pocas palabras, si un proyecto es muy complejo, la Secretaría puede poner a alguien con conocimientos en el tema para que lo administre.
- Art. 17Un vehículo de propósito específico es una empresa que se crea para un proyecto concreto, como construir una carretera. Este artículo dice que un auditor externo (un contador o experto independiente que no trabaja para esa empresa) va a revisar cada año cómo se están manejando los recursos, las decisiones y los documentos legales. El auditor se encarga de checar que todo esté en orden con el dinero, los contratos y las reglas que aplican. Este auditor es elegido según las instrucciones del reglamento de esta ley. Básicamente, es como un supervisor que asegura que el negocio esté bien administrado y sin trampas.
- Art. 18Los vehículos de propósito específico, que son empresas creadas para un objetivo muy concreto, tienen que entregar sus estados financieros (como un reporte de cuánto dinero tienen y cómo lo gastaron). Esto lo deben hacer siguiendo las reglas que ponga la Secretaría, de acuerdo con lo que dice el Reglamento de esta Ley. En pocas palabras, es como cuando tienes que presentar un informe de gastos, pero con formatos y plazos fijados por una autoridad.
- Art. 19Los fondos o fideicomisos públicos creados por ley o por orden del gobierno federal pueden usarse para proyectos de desarrollo con bienestar, siempre y cuando cumplan con sus metas, sus reglas de operación y las leyes que los controlan. También pueden participar en formas de inversión que permite esta ley.
- Art. 20El artículo 20 dice que el FONADIN (un fondo del gobierno) u otros fondos públicos pueden crear empresas o fideicomisos especiales, llamados "Vehículos de Propósito Específico". Estos sirven para mejorar cómo se invierte, se financia y se hace viable un proyecto que recibe apoyo del gobierno. Esos vehículos también pueden recibir apoyos o beneficios de la ley, pero solo si cumplen con todos los requisitos, evaluaciones y autorizaciones necesarias. Ojo: que reciban estos apoyos no significa que automáticamente tengan derechos o permisos en temas de impuestos, presupuesto o trámites administrativos.
- Art. 21El gobierno federal puede dar dinero o bienes (como terrenos o maquinaria) a ciertos fideicomisos o contratos especiales que se usen para proyectos de desarrollo con bienestar. Esto solo es posible si los documentos legales del fideicomiso o contrato lo permiten, y siguiendo las reglas de la Ley Federal de Presupuesto. En otras palabras, el gobierno tiene permitido apoyar estos proyectos con recursos, pero siempre y cuando todo esté bien establecido en los papeles oficiales y se cumpla la ley.
- Art. 22El gobierno puede participar en proyectos donde se junta con empresas privadas de tres formas: teniendo más de la mitad, la mitad exacta o menos de la mitad del proyecto, y puede hacerlo directamente o a través de otra empresa que dependa de él. La ley no obliga a usar un porcentaje fijo, todo se decide según lo que necesite cada proyecto, pero siempre debe cumplir con lo que dicen otras leyes importantes del país. Que el gobierno autorice estos proyectos no significa que automáticamente tenga dinero apartado, pueda pedir préstamos, dar garantías o comprometerse a pagar algo. Para que haya presupuesto o deuda, deben seguirse todas las reglas legales que aplican.
- Art. 23Este artículo dice que, para construir proyectos grandes que beneficien a la comunidad, el gobierno (el Interesado) puede juntarse con empresas privadas o grupos de la sociedad civil y usar diferentes formas de colaboración. Por ejemplo, pueden hacer contratos a largo plazo (como rentar un servicio por años), combinar dinero público y privado, o usar cualquier otro tipo de sociedad o negocio que ya esté permitido por otras leyes, como las del sector energético. También pueden inventar nuevas formas de cooperación si el reglamento de esta ley lo permite. Además, estas formas de trabajar en equipo no quitan ni limitan otras opciones que ya existan en otras leyes, y pueden usarse al mismo tiempo según las reglas que apliquen a cada proyecto y a la dependencia de gobierno involucrada.
- Art. 24Este artículo dice que los proyectos donde el gobierno y empresas privadas trabajan juntos (Esquemas de Participación Mixta) se manejan con esta ley, pero si algo no está considerado, se usan otras leyes según el tipo de proyecto. Por ejemplo, los proyectos de energía eléctrica y petróleo siguen sus propias leyes especiales. Si hay dinero de empresas extranjeras, se aplica la Ley de Inversión Extranjera. Además, esta ley no cambia ni reemplaza otras reglas que ya existen para sectores como energía, finanzas o empresas del gobierno, así que esas siguen igual.
- Art. 25Si quieres participar en un proyecto de desarrollo con bienestar donde el gobierno y tú trabajen juntos (una sociedad mixta), debes poner dinero o bienes en el proyecto, ya sea directamente o a través de una empresa o fondo. El gobierno puede tener más, menos o igual parte que tú en el proyecto, y puede participar con efectivo, terrenos, permisos, derechos de uso, o cualquier otra cosa que la ley permita. También puedes participar de forma indirecta usando empresas del gobierno, fideicomisos públicos u otras figuras legales. En pocas palabras, tanto tú como el gobierno pueden cooperar con distintos tipos de recursos para echar andar el proyecto.
- Art. 26Para echar a andar proyectos de desarrollo con bienestar en los que el gobierno y empresas trabajen juntos (participación mixta), se pueden usar distintas herramientas legales o financieras, como fideicomisos, empresas del gobierno, sociedades mercantiles o cualquier otra figura que permita la ley. Ese vehículo (la herramienta que se elija) debe incluir por escrito: cómo se va a financiar el proyecto, las reglas para operarlo y darle mantenimiento, quién pone qué dinero, quién se chinga los riesgos, cómo se toman las decisiones, cómo se recupera lo invertido, qué pasa con los bienes al final y cómo se va a vigilar que todo salga bien. Además, el tipo de vehículo que se use tiene que cumplir con su propia ley (como las reglas de presupuesto o finanzas), a menos que esta Ley diga algo diferente en casos específicos.
- Art. 27Este artículo dice que cuando se forme una empresa o sociedad para llevar a cabo un Proyecto para el Desarrollo con Bienestar, esa empresa puede hacer las obras o servicios por su cuenta o contratar a otras personas o compañías para que las hagan. Siempre debe seguir las reglas de contratación que marca la ley. Además, al contratar, en todo momento tiene que cumplir con principios como actuar dentro de la ley, gastar de manera eficiente y clara, ser justo con todos y actuar con honradez.
- Art. 28El artículo dice que los bienes, derechos y dinero que vengan de ciertos proyectos autorizados se pueden usar como garantía (es decir, como respaldo) para pedir préstamos que se necesiten para desarrollar, operar o mantener el proyecto. Pero ojo: esto solo es válido si se sigue la ley que aplica en cada caso. Además, la ley no te da permiso automático para endeudarte, dar garantías o comprometer el presupuesto; para eso debes cumplir con todas las reglas legales correspondientes.
- Art. 29Los proyectos de desarrollo deben tener un plazo fijo desde el principio, no pueden ser para siempre. Ese tiempo tiene que ser suficiente para que se recupere la lana que se invirtió. O sea, se planea cuánto va a durar el proyecto para que, al final, se haya pagado todo lo que costó. No se trata de proyectos eternos, sino con fecha de caducidad.
- Art. 30La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de esto) pondrá reglas claras para que funcione la "Participación Mixta" (que es cuando el gobierno y empresas privadas trabajan juntos en un proyecto). Esas reglas las va a incluir en los "Lineamientos", que son como un manual de instrucciones oficial. Esos Lineamientos los va a hacer siguiendo lo que dice el artículo 6 de esta misma Ley. Por último, todo esto aplica para los contratos de largo plazo, que son acuerdos que duran muchos años.
- Art. 31Este artículo habla de un tipo de acuerdo llamado "contratación de largo plazo", que es básicamente una sociedad entre el gobierno y empresas privadas o grupos sociales para construir, mantener u operar proyectos que ayuden al desarrollo del país, como carreteras, hospitales o escuelas. En este esquema, la empresa pone dinero, construye y da mantenimiento por un tiempo fijo, y el gobierno le paga poco a poco, pero solo si cumple con lo prometido, como tener buena calidad o entregar el servicio a tiempo. Los pagos pueden hacerse mediante tarifas, ingresos o lo que se acuerde en el contrato. Para que funcione, tiene que cumplir con varias leyes federales, y este artículo no permite que el gobierno gaste dinero extra o se endeude por su cuenta.
- Art. 32El artículo 32 dice que cualquier contrato a largo plazo para proyectos de infraestructura debe incluir estos puntos básicos: fijar un tiempo que permita al inversionista o desarrollador recuperar su dinero; permitir que empresas privadas o grupos sociales participen en el financiamiento, diseño, construcción, operación y mantenimiento; establecer pagos o tarifas según el cumplimiento de resultados; repartir los riesgos entre las partes según quién pueda manejarlos mejor; incluir incentivos para que el servicio sea de calidad, eficiente y sin interrupciones; definir indicadores para medir el desempeño y sanciones por fallas; determinar cómo terminar el contrato antes de tiempo y qué pasa con los bienes; prever cómo resolver desacuerdos; y cumplir con todas las leyes de gasto, dinero y administración.
- Art. 33El artículo 33 dice que la empresa o proyecto autorizado (llamado "vehículo") para contratos de largo plazo puede hacer las obras o servicios por sí misma o contratar a otras empresas para que las realicen, siempre y cuando siga las leyes de contratación pública o las que correspondan. Ojo: que se cree ese proyecto o empresa no significa automáticamente que el gobierno (el Estado) le dé dinero, le preste o le garantice nada. En resumen, la empresa puede trabajar directo o con terceros, pero el gobierno no se hace responsable de sus gastos o deudas solo por haberla autorizado.
- Art. 34El artículo 34 dice que los pagos de contratos a largo plazo se pueden hacer con dinero del presupuesto autorizado, ingresos propios, dinero que el gobierno pueda usar libremente, ganancias del mismo proyecto o cualquier otra fuente que permita la ley. Si esos pagos son para varios años, se pagan después o dependen de algo incierto, hay que seguir las reglas de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Deuda Pública y otras leyes que apliquen. Además, si los compromisos duran más de un año presupuestario, deben cumplir con todos los requisitos legales necesarios.
- Art. 35Al terminar un contrato, la persona o empresa que firmó (el Interesado) está obligada a entregar los bienes o equipos (activos) que usó para el proyecto, a menos que una ley especial diga otra cosa. Esa entrega debe hacerse según las condiciones técnicas y de pago que se hayan acordado en el contrato, dependiendo del tipo de proyecto. Además, en el contrato deben quedar escritas las reglas de cómo se entregarán esos activos, por ejemplo, en qué estado de mantenimiento y conservación deben estar.
- Art. 35 BisLa Secretaría (la dependencia encargada) puede dar permiso, en casos especiales, a otras oficinas del gobierno para que empiecen a buscar contratistas o proveedores, aunque todavía no tengan el dinero aprobado para pagar el proyecto. Si les da ese permiso, la oficina que lo pidió está obligada a hacer los trámites necesarios para conseguir el presupuesto antes de que se anuncie al ganador o se firme el contrato. En pocas palabras, pueden arrancar el proceso sin dinero, pero deben tenerlo listo antes de cerrar el trato.
- Art. 36Cuando firmes un contrato, tiene que incluir cómo se va a vigilar el proyecto en lo técnico, lo económico y cómo se lleva a cabo. Pueden nombrarse supervisores, auditores o verificadores (personas o empresas que revisan que todo se haga bien) para asegurarse de que se cumpla lo pactado. Tú, como la persona interesada en el proyecto, tienes la obligación de que todo salga en las mejores condiciones posibles, sin descuidar el dinero, los recursos, el equipo ni el funcionamiento.
- Art. 37La inversión mixta significa que el gobierno y una empresa privada (o un grupo de la sociedad) se juntan para financiar, construir y operar proyectos que beneficien a todos, como carreteras, hospitales o parques. Ambos ponen dinero, comparten los gastos y también los riesgos, como si hicieran un negocio en equipo. Al final, las ganancias se reparten según lo que cada quien haya aportado. La idea es que, al trabajar juntos, se logren mejores resultados para el desarrollo de la comunidad.
- Art. 38Este artículo dice que, si tú participas en un proyecto de inversión mixta (donde el gobierno y empresas privadas trabajan juntos), debes mantener un porcentaje de propiedad o control, ya sea directa o indirectamente. La participación directa es cuando tú, como persona o empresa, pones tu propio dinero o recursos. La indirecta es cuando lo haces a través de una empresa del gobierno, una filial, un fideicomiso o una figura similar que la ley permite.
- Art. 39El artículo 39 dice que, si quieres invertir en un proyecto de infraestructura para el país, puedes hacerlo de dos maneras. La primera es aportando cosas como dinero, terrenos, permisos o derechos que tengas, metiéndolos en un fondo o empresa legal creada para el proyecto. La segunda es asociándote con empresas privadas o grupos sociales, y ahí tú y ellos acuerdan quién hace qué y qué derechos tiene cada quién. En pocas palabras, puedes participar soltando tus bienes o uniéndote con otros en sociedad.
- Art. 40El Artículo 40 dice que los proyectos de inversión mixta (cuando el gobierno y empresas privadas trabajan juntos) deben repartirse bien los riesgos de cosas como diseño, construcción, problemas financieros o daños al ambiente. El contrato entre las partes tiene que incluir, por ley, varios puntos clave: cuánto le toca a cada quién, cómo se reparten las ganancias o pérdidas, cómo se toman decisiones, qué pasa si alguien no cumple, cómo se pagan las cosas, y cómo se resuelven los pleitos. También debe incluir un plan para ayudar a la comunidad. Todo esto es obligatorio, aparte de otros requisitos que ya marca la ley.
- Art. 41Este artículo dice que los proyectos de desarrollo pueden hacerse usando cualquier tipo de sociedad o figura legal que esté en esta ley, o cualquier otra que sea necesaria, siempre y cuando sea lo mejor para la persona interesada y para el proyecto. Esa figura legal tiene que incluir cómo se van a evaluar y dar seguimiento a los proyectos, y también qué va a pasar con los bienes que sean propiedad del proyecto. Además, la infraestructura y otros bienes relacionados se pueden dejar como garantía (como cuando empeñas algo para pedir un préstamo) para conseguir financiamiento o pagar deudas del proyecto, usando cualquier forma que permita la ley.
- Art. 42El artículo 42 dice que antes de firmar cualquier contrato para un proyecto de desarrollo, el Consejo tiene que dar su visto bueno. Para aprobarlo, deben revisar que el proyecto sea congruente con los planes del gobierno (como el Plan Nacional de Desarrollo), que sea viable en todos los sentidos (técnico, económico, social, ambiental), y que sea mejor hacerlo con participación mixta (público y privado) que de otra forma. También tienen que analizar el dinero del proyecto, cómo se reparten los riesgos, si es sostenible financieramente, su efecto en el presupuesto actual y futuro, y que cumpla con todas las leyes. Ojo: que el Consejo lo apruebe no significa que ya haya presupuesto autorizado ni que el gobierno tenga que gastar o endeudarse.
- Art. 43Antes de que se aprueben proyectos de desarrollo (como obras o programas con gente de la comunidad y el gobierno), tienen que hacer un estudio financiero completo. En ese estudio se revisa si el proyecto va a ser rentable, cuánto va a costar y qué beneficios traerá. También se analiza si afecta las finanzas del gobierno, qué riesgos fiscales hay y si el gobierno tendrá que pagar deudas ahora o en el futuro. Por último, se verifica que todo esté de acuerdo con la ley de presupuesto. Todos esos resultados deben estar por escrito en los papeles que se le entregan al Consejo.
- Art. 44Este artículo dice que cualquier proyecto de desarrollo que se haga entre el gobierno y empresas privadas debe tener una serie de controles para que funcione bien y no haya corrupción. Estos controles incluyen que alguien supervise que el trabajo se haga bien, que se revise cómo se gasta el dinero, que se mida si el proyecto está cumpliendo sus objetivos, que se vigile el presupuesto, que se identifiquen y eviten problemas, que se audite todo, y que la información sea pública y clara. Además, el Consejo que maneja estos proyectos puede pedir información en cualquier momento para asegurarse de que todo esté en orden.
- Art. 45Este artículo dice que el gobierno puede dar apoyos o beneficios a proyectos de varios tipos, como los de comunicaciones, transporte, agua, salud o educación, entre otros. Esos apoyos deben estar relacionados con el Plan Nacional de Desarrollo, que es como el plan general del país. Pero ojo: que te aprueben el apoyo no significa que ya tengas el dinero asegurado ni que el gobierno esté obligado a pagarlo de inmediato. Para que realmente te den los recursos, el gobierno tiene que seguir otros pasos y reglas oficiales antes de soltar el gasto.
- Art. 46El artículo 46 dice que las personas o empresas (mencionadas en el artículo 5 de esta misma ley) pueden presentar sus proyectos para que el Consejo decida si son elegibles para recibir inversión o financiamiento dentro de lo que esta ley cubre. Ojo: que el Consejo los apruebe no significa que ya tengan luz verde en presupuesto, finanzas o deuda. Para ser aceptados, los proyectos deben cumplir tres requisitos: 1) estar alineados con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que de él se deriven, 2) si ya están en marcha, deben tener estudios que demuestren que son viables en lo técnico, legal, económico y financiero, y 3) deben tener una valuación económica y patrimonial de los bienes de infraestructura y los derechos ligados a ellos.
- Art. 47El artículo 47 dice que los proyectos que buscan ayudar al desarrollo con bienestar pueden recibir financiamiento si un Consejo los aprueba. Para eso, tienen que cumplir con al menos cinco requisitos: que el proyecto sea técnicamente viable (que se pueda hacer), legal (que no viole leyes), que tenga un presupuesto claro, que sea rentable y que beneficie a la gente y al medio ambiente. Si el Consejo necesita más información para decidir, puede pedirla. Los detalles de cómo presentar la información los pondrá el reglamento de la ley.
- Art. 48Si presentas un proyecto de desarrollo para pedir apoyo, la única garantía que tienes es que el Consejo lo va a revisar y a evaluar. No significa que automáticamente te den el beneficio, ni que te tengan que aprobar. Solo te aseguran que lo van a analizar, pero no que vaya a salir adelante.
- Art. 49Este artículo dice que si tu proyecto es elegido por el Consejo como apto para un Vehículo de Propósito Específico (que es un fondo o programa especial para financiar proyectos), solo estás en la lista para ser considerado. No significa que automáticamente entres al programa, ni que te vayan a dar recursos, apoyos, beneficios o préstamos. Para que eso pase, necesitas cumplir con todo lo que marca esta Ley y otras reglas aplicables.
- Art. 50Para que un proyecto pueda recibir apoyos y beneficios de esta ley, necesita cumplir con ciertos requisitos. Si el proyecto lo presenta una dependencia del gobierno (federal, estatal o municipal), debe firmar un contrato que dure varios años, siguiendo las reglas de esta ley. Además, el gobierno que lo presenta debe tener ya asegurados los ingresos, permisos, concesiones o autorizaciones necesarias según las leyes que apliquen.
- Art. 51Los proyectos que presenten las oficinas del gobierno (Dependencias o Entidades) deben cumplir con estos requisitos adicionales: 1. Deben incluir un cálculo de cuánto costará la inversión y la operación, de dónde saldrá el dinero (ya sea del gobierno federal, estatal, municipal o de particulares), y los posibles riesgos al hacer el proyecto. 2. También necesitan mostrar cómo ayudará a la economía y a reducir la desigualdad entre la gente. 3. Tienen que identificar los compromisos financieros que el gobierno federal podría tener que pagar, como deudas a largo plazo, garantías o acuerdos especiales, para revisarlos según la ley de deuda pública. 4. Por último, deben ajustarse a las formas de contratación que marca esta misma ley.
- Art. 52El artículo 52 dice que los proyectos de infraestructura que sean revisados por el Consejo y que necesiten dinero de empresas privadas deben cumplir requisitos extra, además de los que ya marca la ley. Estos requisitos son: un análisis del daño al medio ambiente y a áreas protegidas (esto no reemplaza los permisos ambientales normales); un cálculo de cuánto va a costar y de dónde saldrá el dinero; una estimación de cómo afectará a la economía y a la desigualdad social; y una explicación de por qué es mejor hacer el proyecto con contratos especiales de esta ley. Si el proyecto lo proponen un estado o un municipio, entregar estos papeles no los exime de sacar los permisos que necesiten según sus propias reglas. El Consejo puede pedir ayuda a un comité de riesgos para revisar y vigilar los efectos del proyecto, y para proyectos muy nuevos basta con que tengan un dictamen de viabilidad legal para que el Consejo decida si los apoya.
- Art. 53El jefe del Consejo, a través del Secretario Ejecutivo, va a presentar al grupo de personas que toman decisiones (el Consejo) los proyectos que se pueden incluir en un fondo especial creado por esta ley. El Consejo decide si esos proyectos son viables y si entran o no al fondo correspondiente. Esa decisión solo evalúa lo técnico del proyecto, no significa que ya haya dinero autorizado ni que el Gobierno Federal vaya a pagar algo. Para revisar los aspectos técnicos, el Consejo cuenta con un Comité Técnico formado por miembros del mismo Consejo o sus suplentes, y también puede invitar a otras dependencias o entidades que sepan del tema.
- Art. 54El artículo 53 dice que el Presidente del Consejo tiene la obligación de presentar ciertas solicitudes, dependiendo de dónde salga el dinero para los proyectos. Hay tres casos: cuando el dinero viene de gobiernos federales, estatales o municipales y ya está asegurado para varios años; cuando viene de fondos especiales para infraestructura u otros recursos públicos que no son del presupuesto normal; o cuando viene del sector privado o se necesita pedir financiamiento a empresas privadas. Esto aplica tanto para dependencias del gobierno federal como de los estados o municipios. Además, aunque presenten estas solicitudes, todavía necesitan los permisos de la Secretaría de Hacienda y otras autoridades en temas de presupuesto, finanzas o deudas.
- Art. 55El Consejo, con ayuda de Comités o Grupos de Trabajo que él mismo forme, va a revisar los Proyectos para el desarrollo con bienestar para decidir si un proyecto puede ser aceptado como "Proyecto Elegible" y recibir los beneficios de esta Ley. Para eso, el Consejo checa que el proyecto cumpla con diez requisitos, como tener el visto bueno de las autoridades en protección ambiental, desarrollo urbano y construcción, además de estar alineado con el Plan Nacional de Desarrollo. También revisa que el proyecto sea técnicamente posible, legal, rentable (que dé ganancias económicas y sociales), y que ayude a reducir la desigualdad. Si todo está en orden, el Consejo decide si el proyecto entra y recibe los apoyos que ofrece la Ley.
- Art. 56El Consejo primero revisa el proyecto para asegurarse de que cumpla con los requisitos técnicos, legales, económicos y que sea realizable. Después de ese análisis, decide si el proyecto es válido (procedente) y si merece recibir un apoyo o beneficio. También elige el tipo de inversión que se usará para financiar el proyecto. Todo esto lo hacen con base en reglas claras y objetivas.
- Art. 57Este artículo dice que cuando el gobierno decide que algo es procedente y lo incluye en sus planes, eso no es una orden ni una decisión oficial como tal. Como solo es parte de la planeación de sus políticas, no puedes presentar una queja, un recurso o un juicio para impugnarlo. Eso se debe a que esas decisiones no afectan directamente tus derechos personales ni tu situación legal. En pocas palabras, no te preocupes porque no te perjudica ni te beneficia de forma directa.
- Art. 58Para poder empezar un proyecto, primero tienes que tramitar y conseguir todos los permisos que pida la ley según el tema del proyecto (como medio ambiente, construcción, etcétera). Esos permisos también deben estar escritos en los contratos que firmes dentro de cualquier esquema donde el gobierno y una empresa privada trabajen juntos. Básicamente, no puedes arrancar si no tienes los papeles en regla que tanto la ley como tu contrato exigen.
- Art. 59Este artículo dice que las oficinas del gobierno federal le darán preferencia o ‘luz verde’ a los proyectos de inversión que cumplan con lo que marca esta ley. Esa preferencia es solo para que los trámites, como los permisos ambientales o de construcción, se revisen y resuelvan más rápido; no significa que los proyectos queden exentos de cumplir con todos los requisitos de otras leyes, como las de protección ambiental o desarrollo urbano. En pocas palabras, el gobierno les pone un ‘carril rápido’ a esos proyectos, pero igual tienen que presentar todos los papeles y cumplir las reglas como cualquier otro.
- Art. 60Este artículo dice que los proyectos de infraestructura importantes para el país, que ya hayan sido aprobados por un Consejo especial, pueden recibir ciertos apoyos para hacerse realidad. Estos apoyos le permiten a los proyectos obtener préstamos o financiamiento a través de "Vehículos de Propósito Específico" (que son como empresas creadas solo para manejar un proyecto), con el fin de conseguir mejor dinero o liquidez (dinero rápido). Dependiendo de quién haga el proyecto (el gobierno, una empresa privada o una organización social), se pueden usar recursos de un fondo llamado FONADIN o hasta pedir la garantía del Gobierno Federal para asegurar el pago. Eso sí, si el gobierno federal avala un préstamo, debe cumplir con lo que marcan las leyes de ingresos y de deuda pública.
- Art. 61Si el gobierno federal necesita usar dinero público para un proyecto que ya fue aprobado según esta Ley, ese gasto debe seguir las reglas de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Presupuesto de Egresos del año que toque y otras leyes relacionadas. Ojo: esta Ley no sirve por sí sola para autorizar gastos, comprometer dinero para años futuros o asignar presupuesto sin cumplir con lo que marca la legislación aplicable.
- Art. 62Cuando el gobierno federal quiera pedir un préstamo o dar un aval (es decir, comprometerse a pagar si alguien más no lo hace), tiene que seguir al pie de la letra lo que dice la Ley Federal de Deuda Pública y otras leyes aplicables. También debe respetar lo que señalan dos artículos de la Constitución (el 73 y el 74) que le dan al Congreso la facultad de aprobar estos asuntos. Además, todos estos préstamos o garantías tienen que ser registrados, controlados y vigilados por la Secretaría de Hacienda, tal como lo marcan las leyes vigentes.
- Art. 63Si recibes apoyos por un proyecto, desde que lo empiezas hasta que lo terminas tienes que cumplir con todas las leyes de presupuesto y, si aplica, de deuda pública. También debes tener todos los permisos y autorizaciones que las leyes pidan para cada cosa. En pocas palabras, no te puedes saltar ningún requisito legal.
- Art. 64El artículo 64 dice que las autoridades del gobierno federal pueden hacer acuerdos de colaboración con los gobiernos de los estados y los municipios. El objetivo de estos acuerdos es apoyar proyectos que busquen el desarrollo con bienestar, es decir, programas que mejoren la calidad de vida de la gente. Todo esto se tiene que hacer siguiendo las reglas y leyes que ya existen para eso. En pocas palabras, permite que los diferentes niveles de gobierno trabajen juntos para ayudar a las comunidades.
- Art. 65El gobierno federal puede darte descuentos o beneficios en tus impuestos si participas en proyectos que buscan mejorar el bienestar de la comunidad, como construir escuelas, hospitales o caminos. Eso sí, solo aplica si cumples con las reglas que ya están establecidas en la ley. Básicamente, es un premio del gobierno para que más gente se anime a invertir en obras que ayuden a todos.
- Art. 66El Consejo de Planeación Estratégica para la Inversión en Infraestructura es un grupo de expertos que solo da consejos al gobierno, no tiene dinero propio ni personalidad legal. Su trabajo es proponer reglas técnicas y recomendaciones (que no son obligatorias) para que los proyectos de inversión en México sean justos, incluyentes y sostenibles. Busca que tanto el gobierno como empresas privadas y la sociedad trabajen juntos, pero sin meterse en las decisiones de las dependencias oficiales ni autorizar gastos por sí mismo.
- Art. 67El Consejo se forma con los siguientes jefes: el Presidente de la República (quien será el jefe del Consejo), el Secretario de turno (que reemplazará al Presidente si falta), y los titulares de varias dependencias como las secretarías de Medio Ambiente, Defensa, Marina, Energía, Economía, Infraestructura, Anticorrupción, la Consejería Jurídica, Desarrollo Agrario, y el Banco Nacional de Obras (Banobras). También hay invitados fijos (como los de Bienestar, Turismo o la Comisión del Agua) que pueden opinar, pero no votar en las reuniones. Todos estos miembros (excepto el Presidente) y los invitados pueden nombrar a un suplente, siempre y cuando ese suplente tenga un puesto inmediatamente inferior al del miembro principal.
- Art. 68El Consejo (un grupo de personas que toman decisiones) puede invitar a ciertas personas a sus reuniones, pero solo para que den su opinión, no para votar. Entre los invitados están los jefes de otras dependencias del gobierno federal, autoridades de estados o municipios, y directores de empresas del gobierno. Los invitados no cuentan para tener la cantidad mínima de personas necesarias para sesionar (quórum), ni adquieren derechos o responsabilidades. Tampoco significa que el Consejo o el gobierno estén de acuerdo con ellos o les deban dinero.
- Art. 69El Consejo tiene una Secretaría Ejecutiva, que es como una oficina de apoyo. La persona que esté a cargo de esa oficina debe ser miembro del Consejo. El Consejo propone a esa persona y, si aplica, el Presidente del Consejo la nombra. Ese puesto es honorífico, o sea, no recibe sueldo por ese trabajo.
- Art. 70El encargado de la Secretaría Ejecutiva es quien se asegura de que los acuerdos del Consejo se cumplan, organiza las juntas y prepara la lista de temas a tratar. También revisa que las propuestas que lleguen cumplan con lo mínimo que pide esta ley para poder recibirlas. Además, atiende las peticiones y dudas que le hagan al Consejo, apoyándose en los demás miembros según toque, y hace cualquier otra labor que el propio Consejo le asigne.
- Art. 71El Consejo tiene varias tareas importantes para decidir en qué se invierte en obras grandes del país, como carreteras, hospitales o energía. Elige los proyectos prioritarios pensando en el futuro, el bienestar de la gente y el cuidado del ambiente, basándose en planes que presenten otras dependencias. También revisa si esos proyectos son viables económicamente y aprueba una estrategia nacional de inversiones a corto, mediano y largo plazo. Puede pedir información a los fideicomisos (fondos especiales) solo para coordinar mejor las inversiones, y firmar acuerdos con otros sectores para que los proyectos funcionen bien. Sus opiniones no obligan a las dependencias a hacer lo que él diga, solo son recomendaciones.
- Art. 72Los miembros del Consejo y los invitados permanentes no reciben ningún pago por su trabajo. Su participación es completamente voluntaria y gratuita, como un servicio de honor. Esto significa que no tienen derecho a sueldos, salarios ni ninguna otra compensación económica por sus servicios. Solo participan por el compromiso o interés en la causa, sin esperar dinero a cambio.
- Art. 73Para que el Consejo pueda tomar decisiones válidas, tiene que haber al menos la mitad más uno de sus integrantes presentes en la junta. Las decisiones se aprueban si las apoya la mayoría, aunque el Presidente tiene un voto extra para desempatar si es necesario. Cada año, el Consejo define un calendario con las fechas de sus reuniones normales, y el Presidente es quien manda las invitaciones para esas juntas. Si algún miembro pide una junta urgente, el Presidente también la convoca, pero la solicitud se hace por medio de la Secretaría Ejecutiva.
- Art. 74El Consejo puede crear grupos de trabajo para temas muy específicos. Estos grupos solo sirven para ayudar y dar apoyo técnico, no toman decisiones importantes. Los integrarán personas que sepan mucho del tema, ya sean miembros del Consejo o invitados especiales. Todos trabajarán de manera gratuita, es decir, por gusto y sin recibir ningún pago o compensación.
- Art. 75El artículo 75 dice que el presidente del Consejo tiene cuatro responsabilidades principales. Primero, dirigir y organizar cómo funciona el Consejo. Segundo, checar los reportes de avances y resultados que se presenten ahí. Tercero, coordinar los equipos de trabajo que el Consejo haya creado para cumplir sus metas. Y cuarto, hacer cualquier otra cosa que el Consejo le encargue por acuerdo de todos.
- Art. 76El Consejo va a funcionar usando el personal, las oficinas y el dinero que ya tienen las dependencias y entidades del gobierno que lo forman. Esto significa que no se va a pedir presupuesto extra para que el Consejo opere. Tampoco se van a crear nuevos puestos, jefaturas o áreas de trabajo solo para el Consejo. Todo lo que cueste su operación debe salir de los presupuestos ya aprobados, sin gastos inesperados ni compromisos de pago futuros. En corto, echan a andar el Consejo con lo que ya hay, sin pedir más lana ni crear más burocracia.
- Art. 77El Consejo se encargará de hacer que diferentes niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) y también empresas y organizaciones privadas y sociales trabajen en equipo. Esto lo harán para lograr los llamados "Proyectos para el desarrollo con bienestar", que son planes para mejorar la calidad de vida de la gente. Para lograrlo, el Consejo podrá firmar acuerdos formales con todas estas partes. En pocas palabras, busca que todos se pongan de acuerdo y colaboren para sacar adelante estos proyectos importantes.
- Art. 78La Secretaría va a crear y manejar una base de datos nacional sobre obras importantes para el país, como carreteras, hospitales o plantas de energía. El objetivo es tener una herramienta para planear, dar seguimiento, analizar y reducir riesgos en este tipo de proyectos. También servirá para llevar estadísticas de la inversión que se haga. En esa base se guardará información de todos los proyectos que se llaman "para el desarrollo con bienestar", sin importar si los hace el gobierno o empresas privadas.
- Art. 79Este artículo dice que las oficinas del gobierno federal, estatal y municipal, y también las empresas privadas que trabajen en los proyectos de desarrollo, tienen la obligación de mantener al día una base de datos. Esa base de datos se debe actualizar tal como lo indique el Reglamento de esta ley, siempre respetando las reglas de transparencia y protección de datos personales. En otras palabras, todos los que participen deben asegurarse de que la información esté correcta y actualizada, y no pueden compartir tus datos personales sin permiso.
- Art. 80La Secretaría de Hacienda, a través de su área especializada en crédito y asuntos internacionales, puede hacer acuerdos con gobiernos estatales y municipales. El objetivo es ayudarles con asesoría técnica y apoyo financiero para proyectos locales, para que puedan recibir los beneficios que marca esta ley. También los puede orientar para crear sus propios fideicomisos o vehículos de inversión. Eso sí, ese acompañamiento no significa que la Secretaría esté autorizando el proyecto, comprometiendo dinero o haciéndose responsable de nada. Para dar esta ayuda, buscará el apoyo de organismos internacionales.
- Art. 81Este artículo dice que el dinero que el gobierno federal necesite usar para llevar a cabo los proyectos de ayuda social de esta Ley tendrá que seguir las reglas de otras leyes de presupuesto ya existentes. No significa que, por estar en esta Ley, ya haya dinero automático para gastar. El gobierno no puede usar esta Ley como excusa para gastar sin autorización o comprometerse a pagar por varios años si eso no está aprobado previamente por las leyes de presupuesto.
- Art. 82Este artículo dice que cuando un contrato con el gobierno se pague después de que ya entregaste el trabajo o producto, se puede acordar un pago extra por el tiempo de espera (como si fueran intereses). Ese pago extra no puede ser más alto que el porcentaje que marca la Ley de Ingresos para pagos atrasados de impuestos. Además, el gobierno debe apartar dinero en su presupuesto para cubrir ese pago extra, y la Secretaría revisará que así sea, o si no, ajustará el presupuesto para asegurarse de que se cumpla.
- Art. 83Este artículo dice que los Proyectos para el desarrollo con bienestar pueden incluir gastos en tres categorías específicas: servicios como rentas o mantenimiento, compra de cosas como muebles o terrenos, y obras de infraestructura como carreteras o escuelas. Todo esto se calcula usando un listado oficial que el gobierno federal ya tiene para clasificar sus gastos.
- Art. 84No se puede hacer una convocatoria (como una licitación o contratación pública) si no tienes primero los permisos del presupuesto que se necesiten. Esto quiere decir que antes de invitar a alguien a participar, debes tener asegurado el dinero que se va a gastar. Es como cuando quieres organizar un evento: primero checas que tengas lana para pagarlo y luego mandas las invitaciones.
- Art. 85Este artículo dice que, en casos especiales, la Secretaría puede permitir que una dependencia o entidad del gobierno empiece el proceso de contratar a alguien para un trabajo o servicio aunque todavía no tenga el dinero suficiente en su presupuesto. Si la Secretaría les da ese permiso, esa dependencia tiene que hacer los trámites necesarios para conseguir el dinero faltante antes de que se decida oficialmente a quién le van a dar el contrato.
- Art. 86Las oficinas del gobierno (Dependencias y Entidades) pueden pedirle permiso a la Secretaría para adelantar contratos que empezarán hasta el año siguiente, pero solo en casos especiales. Si la Secretaría da el visto bueno, podrán hacer la convocatoria, elegir al ganador y firmar el contrato antes de que termine el año actual. Esto significa que el contrato se firma en un año, pero su vigencia comienza hasta el próximo año fiscal. Es una excepción, no algo que se pueda hacer siempre.
- Art. 87Cada año, el gobierno federal debe hacer un presupuesto donde planee en cuánto va a gastar. Ese presupuesto tiene que incluir una sección especial, separada por sector (como salud, energía o educación), donde se mencionen los gastos a largo plazo que ya se comprometió a pagar por proyectos importantes que empezó en años anteriores. Ahí debe venir información clara, como qué contratos firmó, cuánto dinero ya ha pagado hasta ahora, cómo va el avance del proyecto y cuánto le toca pagar este año, ya sea de una sola vez o en partes.
- Art. 88La Secretaría (como Hacienda) tiene que reportar, cada tres meses, información sobre los proyectos que se licitaron bajo esta ley. Ahí debe incluir una descripción de cada proyecto, cuánto dinero ya se gastó o se va a gastar, cómo van los avances y el calendario. También debe decir cuánto costará todo el proyecto durante toda su duración, según el contrato, y el monto anual de pagos o pagos diferidos que se comprometieron. Para que esto sea posible, las dependencias y entidades de gobierno deben dar la información necesaria, siguiendo lo que dice el reglamento de esta ley.
- Art. 89Este artículo dice que los contratos que se hagan bajo esta ley tienen su propio conjunto de reglas especiales, diferentes a las de otras leyes comunes. Si algo no está especificado en esas reglas, entonces se aplican las leyes generales de compras y obras del gobierno. En pocas palabras, solo los proyectos que cumplan con los requisitos de esta ley pueden usar este sistema especial.
- Art. 90Cuando una dependencia del gobierno o una entidad pública quiere poner en marcha un proyecto de infraestructura que ya fue aprobado, tiene que hacer una licitación. Esto significa que debe invitar a varias empresas a que presenten sus propuestas para hacer el trabajo, y todo el proceso se tiene que manejar con reglas claras, sin favoritismos, con transparencia y dejando que cualquier empresa interesada pueda participar en igualdad de condiciones. Al final, el proyecto se le va a dar a la empresa que ofrezca las mejores condiciones en precio, calidad, forma de pago, tiempos y otros detalles importantes.
- Art. 91Antes de que el gobierno (Dependencias y Entidades) pueda comprar algo o contratar un servicio, tiene que investigar el mercado para saber qué opciones hay y cuánto cuestan. También puede organizar pláticas informativas con posibles proveedores para explicarles qué necesitan, dónde se hará el trabajo, y escuchar sus ideas técnicas y de precio. Esto es para que todos los interesados tengan la misma información y puedan preparar su propuesta de manera justa.
- Art. 92El artículo dice que las licitaciones (que son como concursos para elegir a quién se le compra algo) pueden hacerse por internet, siguiendo las reglas que ya estén marcadas. También aclara que si te mandan un aviso por correo electrónico, ese aviso vale igual que si te lo hubieran dado en persona. Así que no necesitas que te entreguen un papel físicamente; con recibir el correo ya es oficial.
- Art. 93En las licitaciones (concursos para contratar servicios o comprar cosas que necesita el gobierno) pueden participar empresas mexicanas o extranjeras, siempre y cuando cumplan con lo que pide la convocatoria (el anuncio oficial), las reglas del concurso y las leyes que aplican al proyecto. También hay casos especiales que están en otro artículo (el 94). Dos o más empresas pueden unirse como "consorcio" (un equipo) para presentar una sola propuesta. Si ganan, están obligadas a crear una nueva empresa o sociedad (persona moral) según las reglas del artículo 116, y deben nombrar a un solo representante para tratar con el gobierno durante todo el concurso.
- Art. 94Las personas que trabajan en el gobierno y participan en el proceso de contratación no pueden beneficiar a sus familiares, pareja, amigos o socios de negocios en una licitación pública. Tampoco pueden participar empresas que hayan incumplido contratos con el gobierno en los últimos tres años, o a las que el gobierno les haya cancelado un contrato por culpa de la empresa en el último año. También quedan fuera las que tengan deudas pendientes con el gobierno, las que estén castigadas por la Secretaría Anticorrupción, o las que estén en quiebra legal. Además, no pueden participar empresas que paguen a servidores públicos, aunque sea a través de intermediarios, ni cualquier otra persona que la ley prohíba expresamente.
- Art. 95Cuando el gobierno quiere invitar empresas a participar en un proyecto de infraestructura (como construir carreteras, hospitales o plantas de energía), debe publicar un aviso oficial llamado convocatoria. Ese aviso tiene que incluir información básica como: quién convoca, qué se va a construir o qué servicios se van a dar, las fechas importantes del concurso, y dónde y cuándo los interesados pueden comprar las bases (el documento con las reglas). La convocatoria se publica en internet, en el Diario Oficial de la Federación, en la plataforma oficial de contrataciones, y en periódicos nacionales y locales. Si el proyecto es con un gobierno estatal o municipal, también debe publicarse en sus medios oficiales. Para participar, es obligatorio comprar las bases.
- Art. 96Cuando alguien organiza un concurso (como para construir una carretera o comprar equipo), las bases del concurso (las reglas del juego) deben incluir, como mínimo, lo siguiente: - Toda la información necesaria para que los concursantes puedan preparar su oferta: las características técnicas de los servicios o productos, y cómo se harán las obras. Si hay datos que no se puedan poner en la plataforma en línea, deben decir dónde consultarlos. - Detalles sobre los terrenos, bienes o derechos necesarios para el proyecto, y quién se encargará de conseguirlos. - Los plazos para entregar los servicios, productos o terminar las obras, incluyendo las fechas en que se estima empezar y terminar cada cosa. - Si se permite subcontratar (contratar a otras empresas para hacer partes del trabajo) y en qué condiciones. - El proyecto del contrato, con los derechos y obligaciones de cada quien, y cómo se reparten los riesgos. - Si habrá una sociedad con otras empresas públicas o privadas, el proyecto de acuerdo para formarla. - Los permisos que se necesiten y que pueda dar el que organiza el concurso. - Cómo los participantes demostrarán que tienen capacidad legal, experiencia y recursos económicos y técnicos para el proyecto. - La obligación de crear una empresa (persona moral) según lo que marca la ley. - Las garantías (como fianzas) que los participantes deben dar. - Las fechas, lugares y horarios para visitar el sitio de los trabajos, si aplica. - Las fechas y lugares para juntas de aclaraciones, presentar ofertas, abrirlas, dar el resultado y firmar el contrato. - En qué otros idiomas, aparte del español, se pueden presentar las ofertas. -
- Art. 97Ninguna de las condiciones que se pusieron en la convocatoria, en las bases de la competencia o en las ofertas de los participantes se puede cambiar. No se puede negociar ni modificar nada de lo que ya está escrito ahí. Esto aplica para los requisitos, los precios, los tiempos y cualquier otro detalle que ya se haya fijado. Todo lo que se presenta debe quedarse tal cual, sin ajustes. La idea es que todas las personas que participan compitan en igualdad de condiciones.
- Art. 98Quiere decir que las empresas o personas que quieran participar en proyectos no pueden poner reglas que impidan la libre competencia, o sea, que den ventaja a alguien o frenen a otros. Además, si te piden que des una garantía (como un depósito o aval para asegurar que cumplirás), ese monto no puede ser mayor al 10% del valor total estimado de la inversión que vas a hacer. Por ejemplo, si el proyecto vale $100,000 pesos, la garantía máxima que te pueden pedir sería de $10,000 pesos. Así se evita que los requisitos sean un obstáculo para que más personas puedan participar.
- Art. 99Si tú ya tienes una licitación en curso y la empresa que la organiza quiere cambiar las reglas, solo puede hacerlo para que sea más fácil presentar tus propuestas o llevar a cabo el proceso. Esos cambios no pueden reducir la cantidad de personas o empresas que participan. La empresa debe avisarte de cualquier cambio al menos 10 días hábiles antes de que entregues tu propuesta; si es necesario, hasta puede mover la fecha para entregar las ofertas. Además, si los cambios no te parecen, tienes derecho a salirte de la licitación sin que te acusen de incumplir o te quiten alguna garantía. Todo lo que se modifique se vuelve parte oficial de las reglas, así que tú debes tomarlo en cuenta al preparar tu propuesta.
- Art. 100Antes de la junta donde se abren las ofertas, la empresa que organiza la licitación puede anotar a los participantes y revisar sus documentos. Pero ojo: solo checa papeles que no tengan que ver con el precio que ofrecen. Esto es para que el proceso sea más ágil y evitar problemas después. Si falta algún requisito, te pueden avisar antes de que sea demasiado tarde.
- Art. 101Cuando alguien convoca una licitación (una competencia para que empresas ofrezcan hacer un trabajo o vender algo), debe organizar sesiones de preguntas y respuestas para resolver dudas. En esas juntas, la empresa que organiza la licitación responde por escrito a todas las preguntas que los participantes hayan hecho. Además, entre la última junta de aclaraciones y el día en que se entregan las ofertas debe haber tiempo suficiente para que los participantes preparen sus propuestas. Si hace falta, se puede cambiar la fecha límite que originalmente estaba en la convocatoria para entregar y abrir las ofertas.
- Art. 102Tienes un mínimo de 20 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para entregar tu oferta, contando desde que se publica la convocatoria. Debes meter tu oferta técnica y económica en un sobre cerrado, tal como lo pidan las bases del concurso, y ese sobre se abre en una junta pública frente a todos. Solo puedes presentar una sola propuesta por concurso, y lo que ofrezcas es firme: no se puede negociar después, aunque la empresa que organiza puede pedirte aclaraciones. Una vez que empieza la apertura de sobres, ya no puedes retirar tu propuesta ni echarte para atrás. Para participar en esa junta, solo necesitas un escrito donde, bajo protesta de decir la verdad, digas que tienes permiso para hacerlo, sin tener que comprobar tu identidad con papeles.
- Art. 103Cuando se evalúan las propuestas de quienes quieren participar en un proyecto, la persona o empresa que organiza la competencia (la convocante) tiene que revisar que cumplan con todos los requisitos que se pidieron desde el principio. También debe asegurarse de que las propuestas tengan la información suficiente para desarrollar el proyecto de manera que beneficie a la comunidad. Solo se pueden usar los criterios que ya estaban establecidos en las bases de la competencia, siempre que sean claros, detallados y no favorezcan a nadie. Para calificar, se pueden usar puntos, porcentajes o cualquier otro método que sea fácil de entender y medir, siempre y cuando permita comparar las propuestas de forma justa y sin preferencias.
- Art. 104Si quien organiza la licitación necesita más datos para evaluar bien tu oferta, puede pedirte que aclares algo o que le mandes información extra. Pero eso no significa que puedas cambiar tu propuesta original ni que te den chance de entregar documentos después de la fecha límite que ya estaba marcada. Básicamente, solo pueden pedirte explicaciones, no modificar lo que ya presentaste.
- Art. 105Cuando el gobierno ya revisó todas las propuestas, le dará el proyecto a la empresa o persona que haya cumplido con todos los requisitos legales, técnicos y económicos que se pidieron desde el principio. Si dos o más participantes cumplen igual de bien, se elegirá al que ofrezca las mejores condiciones económicas para el gobierno. Si todavía hay empate, se escogerá al que contrate a más mexicanos y use más productos o servicios nacionales y de la región. También, aunque solo se presente un participante, se le puede asignar el proyecto si cumple con todo lo que se pidió.
- Art. 106La empresa o dependencia que organiza la licitación tiene que hacer un documento llamado dictamen, donde explica por qué aceptó o rechazó cada propuesta, cómo las comparó y por qué la ganadora es la mejor para el gobierno. Cuando anuncian al ganador o dicen que nadie ganó (porque la licitación quedó desierta), deben explicar los motivos, pero sin incluir información secreta o privada. Ese anuncio se hace en una junta pública donde pueden ir todos los participantes, y también se publica en internet, en la página de la convocante y en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, dentro del tiempo que marcaron las bases. Así todo queda claro y a la vista de todos.
- Art. 107Si en la decisión final de una licitación hay un error de dedo o escritura que no afecta el resultado, la empresa que organizó el concurso debe corregirlo. Antes de entregar el acta (el documento oficial del resultado), tiene que avisarles a todos los participantes sobre esa corrección. Si el error es más grave y no se puede arreglar con una simple corrección, entonces el jefe de la dependencia o entidad debe autorizar el cambio, explicando por qué lo hace, y además avisarle al órgano de control interno (los encargados de vigilar que todo se haga bien).
- Art. 108El artículo dice las razones por las que pueden descalificar a una empresa o persona que quiera participar en un proyecto de inversión en infraestructura. Te pueden descalificar si no cumples con los requisitos que piden en las reglas de la convocatoria. También si usaste información secreta o privilegiada para tener ventaja sobre los demás. O si después de que empezó el proceso de selección, resulta que estás inhabilitado por alguna ley. Y por último, si te pones de acuerdo con otros participantes para subir los precios o sacar ventaja ilegal sobre los competidores.
- Art. 109La persona o empresa que organiza la competencia (convocante) debe cancelar el concurso y declararlo desierto si ninguna propuesta cumple con los requisitos o las ofertas económicas no son aceptables. También puede cancelar la licitación en estos casos: por un imprevisto inevitable (caso fortuito o fuerza mayor, como un desastre natural), si cambian mucho las condiciones del proyecto, si ya no se necesita hacerlo, si no hay presupuesto suficiente para pagar, o si seguir adelante causaría un daño a la misma convocante. Cuando cancele por desastres o imprevistos, no tiene que pagar nada a los participantes, pero en los demás casos sí debe cubrir los gastos que ellos no puedan recuperar.
- Art. 110El contrato de inversión estratégica se debe firmar en las fechas que digan las reglas de la licitación. Si el ganador no lo firma a tiempo sin una razón válida, perderá el dinero o la fianza que haya dado como garantía. En ese caso, el proyecto se puede dar al segundo lugar, y si este no acepta, al tercero, y así sucesivamente, siempre que cumplan con todo lo que piden las reglas del concurso.
- Art. 111Si presentaste una propuesta en un concurso y no te la aceptaron, puedes pedir que te la devuelvan. Pero solo podrás hacerlo hasta después de 60 días naturales (sin contar fines de semana ni festivos) desde que se anunció quién ganó. Si hay algún problema legal o queja en proceso, tendrás que esperar hasta que todo se resuelva por completo para que te devuelvan tu propuesta o la destruyan.
- Art. 112Imagina que una dependencia del gobierno hace un concurso para que empresas compitan por un proyecto. Si la dependencia que organizó el concurso decide al final no firmar el contrato con el ganador, esa empresa ganadora tiene que avisarle al Consejo (un grupo que supervisa el proceso). El Consejo entonces revisa el caso y decide qué hacer, siguiendo las reglas que marca la ley. En pocas palabras, si el gobierno cambia de opinión después de un concurso, el afectado debe reportarlo al Consejo para que ellos resuelvan.
- Art. 113La ley dice que las oficinas del gobierno pueden contratar proyectos importantes de manera más rápida, sin hacer una subasta pública (licitación), solo cuando sea necesario y siempre bajo su responsabilidad. Pueden hacerlo invitando a al menos tres empresas a cotizar, o contratando directamente a una sola. Esto aplica en casos como cuando solo hay una empresa que puede hacer el trabajo (por ejemplo, por una patente o derechos de autor), cuando es para seguridad nacional o uso militar, o cuando cambiar de contratista causaría pérdidas graves y costos extra. También se puede contratar directamente si el ganador original de la subasta se cae y el segundo lugar tiene un precio no más del 10% más caro. Prefieren invitar a varias empresas antes de contratar a una sola, a menos que las circunstancias no lo permitan.
- Art. 114El jefe o la jefa de la dependencia o entidad que quiera llevar a cabo un proyecto de desarrollo con bienestar es el responsable de decidir si se puede evitar una licitación pública y contratar directamente. Para eso, debe emitir un documento formal (llamado dictamen) donde explique por qué aplica alguna excepción a la licitación y qué circunstancias justifican la contratación directa. En pocas palabras, ese funcionario es quien firma y responde por la decisión de saltarse el proceso de licitación para agilizar el proyecto.
- Art. 115Cuando el gobierno quiera comprar cosas o contratar servicios sin hacer una gran subasta, tiene que escoger a varias empresas (por lo menos tres) o asignar el trabajo directo a una. En esos procesos, debe actuar con reglas claras, sin favoritismos, siendo honesto y dando las mismas oportunidades a todos los participantes. También tiene que asegurarse de usar el dinero público de manera eficiente, sin desperdicios y con transparencia. Además, solo puede invitar a empresas que realmente tengan el dinero, la experiencia y los recursos para cumplir bien con lo que se les pide.
- Art. 116Este artículo habla sobre los contratos de inversión estratégica, que son acuerdos para hacer proyectos grandes de infraestructura pública a largo plazo, como carreteras o puentes. Solo lo pueden firmar empresas o fideicomisos (que son como fondos manejados por un banco) que ya tengan la capacidad de hacer el proyecto, y pueden usar esquemas de inversión especiales que la ley permite. Estos proyectos también se pueden realizar con concesiones, asignaciones o permisos del gobierno federal, dándole beneficios a ciertos vehículos de propósito específico (empresas creadas solo para ese proyecto). Además, la contabilidad de estos proyectos se lleva según los pagos que se hacen en los plazos acordados en el contrato. Por último, el Consejo puede autorizar contratos entre dependencias del gobierno sin necesidad de hacer una licitación pública.
- Art. 117El artículo 117 dice que todo contrato de inversión estratégica debe tener, como mínimo, la siguiente información: quiénes son las partes (nombre y datos), quiénes las representan legalmente, de qué trata el contrato, de dónde sale el dinero y cuánto cuesta, y los derechos y obligaciones de cada quién. También debe incluir detalles técnicos de la obra o servicio, los bienes o terrenos involucrados, los plazos para empezar y terminar, y las autorizaciones necesarias. Además, tiene que decir qué pasa si alguien incumple, cómo resolver problemas o pleitos, y que el contratista debe dar información para los informes trimestrales que pide la ley. Por último, todo lo que ponga el contrato debe estar de acuerdo con lo que se acordó en la licitación y en las juntas de aclaraciones.
- Art. 118El artículo 118 dice que los contratos de inversión estratégica para proyectos de desarrollo social pueden incluir tres tipos de cosas: primero, ofrecer servicios que aparecen en el capítulo 3000 de la ley; segundo, proporcionar, instalar y echar a andar equipos o bienes del capítulo 5000; y tercero, hacer obras y trabajos relacionados, que están en el capítulo 6000. En pocas palabras, estos contratos pueden combinar servicios, equipos y obras, según lo que marquen esas secciones de la ley. No tienes que preocuparte por los números, solo recuerda que cubren desde servicios hasta construcciones.
- Art. 119El artículo 119 dice que cualquier terreno, edificio, propiedad o derecho que sea parte de un Proyecto para el desarrollo con bienestar se va a regir por la Ley General de Bienes Nacionales. Esa ley es la que normalmente controla todo lo que pertenece al gobierno. Si hay dependencias o entidades del gobierno que firmen contratos de inversión estratégica, entonces también se podrán aplicar otras leyes que sean necesarias en ese caso. En pocas palabras, lo que pertenece al gobierno en estos proyectos se maneja con las reglas de siempre, pero si hay contratos especiales, se usan las leyes que les toquen.
- Art. 120Un contrato por este artículo debe durar como mínimo 4 años y como máximo 40 años, incluyendo todas las prórrogas que le agregues. Tú y la otra persona pueden ponerse de acuerdo para extender el contrato o cambiar sus condiciones, pero siguiendo lo que diga el Reglamento de esta Ley. O sea, no puedes hacer un contrato por menos de 4 años ni pasarte de 40 años aunque lo renueves varias veces.
- Art. 121Si las bases de una licitación piden que la empresa que construye o provee algo dé garantías, el total de esas garantías tiene que cubrir dos cosas. Primero, para la construcción, debe ser un porcentaje del monto de la inversión, de mínimo el 5% y máximo el 25%. Segundo, para servicios o suministro de equipos, debe ser un porcentaje del pago anual, de mínimo el 50% y máximo el 100%. También se incluyen las garantías que pidan otras leyes relacionadas con el proyecto. La forma de calcular todo esto se define en el reglamento de esta ley.
- Art. 122Si una empresa gana un contrato con el gobierno, solo puede pedirle a otra empresa que haga el trabajo si eso estaba permitido desde el principio en el contrato y el gobierno lo autoriza por escrito. El contratista original sigue siendo el único responsable ante el gobierno, aunque otra empresa haga el trabajo.
- Art. 123Con este artículo, si firmas un contrato de inversión estratégica (un acuerdo con el gobierno o una empresa pública para un proyecto grande), tú puedes usar los derechos que te da ese contrato como garantía para pedir un préstamo o para darlos en respaldo a otra persona. Pero solo lo puedes hacer si el mismo contrato lo permite y si primero te autoriza la dependencia o entidad con la que firmaste.
- Art. 124El artículo dice que la empresa que firma un contrato con el gobierno (como constructor, desarrollador o proveedor) puede pasarle sus derechos a otra empresa, pero solo si el gobierno le da permiso. Además, esos derechos pueden servir para pagarle a ciertos vehículos financieros especiales, como fideicomisos. Aunque se cedan los derechos, la empresa original sigue siendo responsable de cumplir con todo lo que prometió en el contrato. Y ojo: esta cesión solo se puede hacer si el contrato original ya lo permite y bajo las condiciones que ahí se especifiquen.
- Art. 125El artículo 125 dice que, mientras un contrato de inversión estratégica esté vigente, solo se puede cambiar si es para uno de estos cuatro fines: mejorar lo que se construyó o los servicios acordados, cuidar el medio ambiente y los recursos naturales, ajustar el proyecto por algo que no se pudo prever cuando se planeó, o volver a que el proyecto sea económicamente rentable. Si haces un cambio en el contrato o en las autorizaciones, también tienes que ajustar todos los demás papeles relacionados con el proyecto para que todo esté en orden.
- Art. 126Si eres el contratista, desarrollador o proveedor encargado de un proyecto, tienes derecho a pedir que se revise tu contrato si una nueva ley, orden del gobierno o decisión de un juez hace que los costos del trabajo aumenten mucho. Ese aumento es "sustancial" cuando es duradero y pone en riesgo que puedas terminar el proyecto sin perder dinero. Para que proceda la revisión, el acto de autoridad debe ocurrir después de que entregaste tu oferta económica, no debió haber sido posible preverlo cuando se preparó el proyecto, y debe cambiar las reglas que aplican al proyecto. La dependencia o entidad que te contrató hará los ajustes necesarios al contrato, incluso en el pago, y avisará al órgano de control interno.
- Art. 127Si se cambia un contrato de inversión estratégica, esos cambios deben escribirse en un documento llamado convenio y, si aplica, también en los permisos para hacer el contrato. Si hay una emergencia o peligro para la seguridad de los usuarios, la dependencia o entidad que contrató puede pedir por escrito al contratado que actúe de inmediato, incluso antes de firmar los cambios formales. Las modificaciones son responsabilidad de quien contrata, y deben avisarle al Consejo.
- Art. 128Este artículo explica las razones por las que una empresa puede dar por terminado un contrato de inversión, si la otra parte no cumple lo prometido. Por ejemplo, si cancelan, abandonan o retrasan la obra sin justificación, o si no prestan los servicios acordados o los suspenden por más de siete días seguidos. También aplica si no entregan los equipos o bienes en un plazo de hasta treinta días después de la fecha acordada, sin una razón válida. Además, cualquier problema sobre estos incumplimientos se arreglará como diga el contrato, y si hay pleito, lo resolverán los jueces federales o un árbitro especial.
- Art. 129Los terrenos, edificios y derechos públicos que estén involucrados en el contrato siempre se quedan bajo el control y manejo de la Dependencia o Entidad que firmó el contrato. Esto significa que aunque le hayan rentado o prestado un espacio a otra persona, ese lugar sigue siendo responsabilidad de la oficina del gobierno que lo prestó. Nadie más puede tomar decisiones sobre ese inmueble, ni administrarlo por su cuenta. Solo la Dependencia o Entidad tiene la autoridad para cuidarlo y gestionarlo como corresponde.
- Art. 130El artículo 130 habla de un tipo especial de contrato llamado "de inversión estratégica". Ahí se tienen que poner por escrito las reglas para que, si el contrato se termina antes de tiempo, la persona que invirtió (el contratado) pueda recuperar su dinero. Para que le devuelvan el dinero, esa persona tiene que comprobar con pruebas que sí hizo los gastos de inversión. Básicamente, es una protección para que quien invirtió no pierda todo si el negocio se cancela antes de lo previsto.
- Art. 131Si hay problemas técnicos o económicos con un proyecto de inversión creado bajo esta ley, las empresas deben intentar resolverlo primero con métodos distintos a ir a juicio, como pláticas o acuerdos. Si deciden usar arbitraje (que es cuando un juez privado resuelve el conflicto), ese proceso se hará bajo las leyes de México, en español, y la decisión final será obligatoria para todos. No se puede usar arbitraje para anular permisos de autoridad ni para discutir si un acto del gobierno es válido; eso solo lo pueden resolver los juzgados federales.
- Art. 132Si tienes un problema técnico o económico con un contrato de inversión mixta, tú y la dependencia o empresa del gobierno deben platicar para resolverlo de buena fe, es decir, con honestidad y sin trampas. Esta negociación tiene un tiempo límite que viene escrito en tu contrato, pero si ambos están de acuerdo, pueden pedir una prórroga para seguir negociando.
- Art. 133Si el gobierno y la empresa que hicieron un contrato no se ponen de acuerdo en el plazo que ya tenían establecido (incluyendo si pidieron más tiempo), van a llevar su problema a un comité de tres expertos. Cada uno elige a un experto, y los dos juntos eligen al tercero. Ese comité solo puede resolver dudas técnicas o de dinero, no puede meterse en asuntos legales ni cambiar lo que ya firmaron en el contrato.
- Art. 134El dinero que se gasta por esta ley debe manejarse con total transparencia y vigilancia, como si fuera público. Para eso, hay que seguir lo que dicen otras leyes sobre cómo mostrar esa información y cómo rendir cuentas. Esas leyes son la de Transparencia, la de Presupuesto y otras reglas parecidas. En otras palabras, no se puede guardar en secreto cómo se usan esos recursos.
- Art. 135Toda la información sobre los proyectos de esta ley y los contratos de inversión mixta debe ser pública, a menos que la ley diga lo contrario por protección de datos personales. Las empresas o personas que desarrollen estos proyectos tienen la obligación de entregar toda la información que les pida el gobierno, y también deben dejar que los inspectores entren a sus instalaciones para verificar que todo esté en orden. Esta regla se tiene que escribir claramente en los contratos de inversión mixta.
- Art. 136La Secretaría puede poner reglas para vigilar cómo se usan los recursos que se dieron como apoyos. Pero eso no significa que pueda meterse en el trabajo de los órganos que revisan y auditan el dinero, como la Auditoría Superior de la Federación. Ellos siguen siendo los únicos encargados de fiscalizar, controlar y auditar conforme a la ley. En corto, la Secretaría solo puede dar seguimiento, pero no hacer el papel de los fiscalizadores.
- Art. 137El artículo 137 dice que ciertas acciones de seguimiento (como revisar cómo va un proyecto) solo buscan que los proyectos aprobados tengan mejor calidad técnica y que sea más fácil saber cómo se están ejecutando. Pero ojo, esas acciones no reemplazan ni afectan las evaluaciones, registros o autorizaciones que ya exigen las leyes de presupuesto, finanzas o administración. En otras palabras, el seguimiento es adicional, no reemplaza los trámites oficiales que ya deben hacerse.
- Art. 138Este artículo dice que las dependencias del gobierno que firmen contratos para proyectos de infraestructura tienen que entregar información clara sobre su presupuesto y sus bienes, deudas y ganancias, tanto financieras como no financieras. También deben reportar los riesgos y problemas que puedan surgir en esos contratos. Todo esto sirve para que el gobierno pueda juntar la información financiera de todas sus partes con las mismas reglas contables. El chiste es que los efectos económicos de esas operaciones sean transparentes y se puedan revisar fácilmente. Además, las empresas que trabajen con el gobierno están obligadas a dar esa información cuando se las pidan, y eso debe estar escrito en los contratos.
- Art. 139El artículo dice que las dependencias o entidades del gobierno (federal, estatal o municipal) que estén a cargo de los llamados Vehículos de Propósito Específico tienen que informar claramente sobre ellos y cómo los usan. Además, deben asegurarse de cumplir con todas las reglas de transparencia, que es básicamente la obligación de hacer pública su información. Si no lo hacen, pueden enfrentar sanciones o castigos según lo que marca la ley.
- Art. 140Si un servidor público no cumple con lo que dice esta ley, va a recibir un castigo. Ese castigo lo aplicará la autoridad que sea competente, es decir, la que tenga la facultad legal para hacerlo. La sanción se basa en lo que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas y otras leyes que apliquen. En pocas palabras, los funcionarios que fallen en su trabajo tendrán consecuencias legales.
- Art. 141El artículo 141 dice que si alguien comete una falta administrativa (como un mal uso de recursos públicos), además de recibir un castigo por parte del gobierno, también puede tener problemas legales en lo civil o lo penal. Esto significa que la misma persona podría tener que pagar una multa, enfrentar una demanda o hasta ir a la cárcel, dependiendo de lo que haya hecho. También puede tener que reparar el daño que causó, como devolver dinero o pagar por los perjuicios. En pocas palabras, un mismo acto puede tener diferentes consecuencias legales al mismo tiempo. Los artículos temporales solo indican que la ley empieza a aplicar al día siguiente de publicarse en el periódico oficial, y que se hicieron cambios a otras leyes relacionadas con el presupuesto.