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Artículo 83 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que los Proyectos para el desarrollo con bienestar pueden incluir gastos en tres categorías específicas: servicios como rentas o mantenimiento, compra de cosas como muebles o terrenos, y obras de infraestructura como carreteras o escuelas. Todo esto se calcula usando un listado oficial que el gobierno federal ya tiene para clasificar sus gastos.

Texto oficial

Artículo 83. Los Proyectos para el desarrollo con bienestar que podrán realizarse al amparo de la presente Ley consideran, en su caso, erogaciones asociadas a los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y 6000 “Inversión Pública” del Clasificador por Objeto de Gasto para la Administración Pública Federal vigente. Sección Segunda De las Autorizaciones Especiales LEY PARA EL FOMENTO DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA ESTRATÉGICA PARA EL DESARROLLO CON BIENESTAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 09-04-2026 21 de 36

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

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