Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 89 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que los contratos que se hagan bajo esta ley tienen su propio conjunto de reglas especiales, diferentes a las de otras leyes comunes. Si algo no está especificado en esas reglas, entonces se aplican las leyes generales de compras y obras del gobierno. En pocas palabras, solo los proyectos que cumplan con los requisitos de esta ley pueden usar este sistema especial.

Texto oficial

Artículo 89. Los proyectos y contratos que se celebren al amparo de la presente Ley se regirán por las disposiciones del Título correspondiente de este ordenamiento, constituyendo un régimen especial de contratación pública aplicable exclusivamente a los Proyectos Procedentes determinados conforme a la misma, sin perjuicio de la aplicación supletoria de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en lo no previsto expresamente en esta Ley. TÍTULO NOVENO De la Adjudicación de los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar y los Contratos de Inversión Estratégica CAPÍTULO I De la Adjudicación de los Proyectos Sección Primera De las Licitaciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.