Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 18 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los vehículos de propósito específico, que son empresas creadas para un objetivo muy concreto, tienen que entregar sus estados financieros (como un reporte de cuánto dinero tienen y cómo lo gastaron). Esto lo deben hacer siguiendo las reglas que ponga la Secretaría, de acuerdo con lo que dice el Reglamento de esta Ley. En pocas palabras, es como cuando tienes que presentar un informe de gastos, pero con formatos y plazos fijados por una autoridad.

Texto oficial

Artículo 18. Los Vehículos de Propósito Específico deberán presentar sus estados financieros, en los términos que establezca la Secretaría, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de esta Ley. Sección Segunda De los Fondos y Fideicomisos Públicos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.