Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 40 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 40 dice que los proyectos de inversión mixta (cuando el gobierno y empresas privadas trabajan juntos) deben repartirse bien los riesgos de cosas como diseño, construcción, problemas financieros o daños al ambiente. El contrato entre las partes tiene que incluir, por ley, varios puntos clave: cuánto le toca a cada quién, cómo se reparten las ganancias o pérdidas, cómo se toman decisiones, qué pasa si alguien no cumple, cómo se pagan las cosas, y cómo se resuelven los pleitos. También debe incluir un plan para ayudar a la comunidad. Todo esto es obligatorio, aparte de otros requisitos que ya marca la ley.

Texto oficial

Artículo 40. Los Proyectos para el desarrollo con bienestar bajo el esquema de inversión mixta deben establecer y garantizar la mejor distribución de riesgos de diseño, construcción, operación, financieros, de demanda, regulatorios, ambientales y sociales. El contrato de inversión mixta debe contener, al menos, lo siguiente: I. Interés de participación de cada parte; II. Régimen de aportaciones y criterios de valuación de aportaciones no monetarias; III. Distribución de utilidades, rendimientos y, en su caso, pérdidas; IV. Distribución de riesgos y documento soporte; V. Reglas de gobernanza, integración del Comité de Gobernanza y toma de decisiones; VI. Estándares de desempeño y consecuencias de incumplimiento; VII. Designación de supervisor; VIII. Régimen de pagos, contraprestaciones o mecanismos de recuperación de la inversión, los cuales no podrán ser crecientes en términos reales; IX. Condiciones de terminación, reversión de activos y derechos de preferencia; X. Programa social y de impacto comunitario, y XI. Procedimientos de solución de controversias conforme al Título Décimo de esta Ley. Lo anterior, sin perjuicio de los demás requisitos en materia de contratos a que hace referencia la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.