Artículo 99 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú ya tienes una licitación en curso y la empresa que la organiza quiere cambiar las reglas, solo puede hacerlo para que sea más fácil presentar tus propuestas o llevar a cabo el proceso. Esos cambios no pueden reducir la cantidad de personas o empresas que participan. La empresa debe avisarte de cualquier cambio al menos 10 días hábiles antes de que entregues tu propuesta; si es necesario, hasta puede mover la fecha para entregar las ofertas. Además, si los cambios no te parecen, tienes derecho a salirte de la licitación sin que te acusen de incumplir o te quiten alguna garantía. Todo lo que se modifique se vuelve parte oficial de las reglas, así que tú debes tomarlo en cuenta al preparar tu propuesta.
Texto oficial
Artículo 99. Las modificaciones a las bases de la licitación que, en su caso, la convocante realice deberán ajustarse a lo siguiente: I. Únicamente tendrán por objeto facilitar la presentación de las propuestas y la conducción de los actos de la licitación; II. No deberán implicar limitación en el número de participantes en la licitación; III. Deberán notificarse a cada uno de los participantes, a más tardar el décimo día hábil previo a la presentación de las propuestas. De ser necesario, la fecha señalada para la presentación y apertura de las propuestas podrá diferirse, y IV. Darán oportunidad a los participantes de retirarse de la licitación, sin que ello implique incumplimiento o hacer efectiva garantía alguna. Las modificaciones así realizadas formarán parte de la convocatoria y bases de la licitación, por lo que deberán ser consideradas por los participantes en la elaboración de sus propuestas. Sección Tercera De la Presentación de las Propuestas
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.