Artículo 115 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno quiera comprar cosas o contratar servicios sin hacer una gran subasta, tiene que escoger a varias empresas (por lo menos tres) o asignar el trabajo directo a una. En esos procesos, debe actuar con reglas claras, sin favoritismos, siendo honesto y dando las mismas oportunidades a todos los participantes. También tiene que asegurarse de usar el dinero público de manera eficiente, sin desperdicios y con transparencia. Además, solo puede invitar a empresas que realmente tengan el dinero, la experiencia y los recursos para cumplir bien con lo que se les pide.
Texto oficial
Artículo 115. Los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas y de adjudicación directa deberán realizarse conforme a los principios de legalidad, objetividad e imparcialidad, transparencia e igualdad de condiciones, así como prever las medidas para que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, transparencia y honradez. En todo caso, se cuidará que en estos procedimientos se invite a personas con posibilidad de respuesta adecuada, que cuenten con la capacidad financiera, técnica, operativa y demás necesarias para dar cumplimiento a sus obligaciones. CAPÍTULO II De los Contratos de Inversión Estratégica Sección Primera De los Contratos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.