Artículo 6 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría es quien va a explicar y aplicar esta ley, y también va a crear las reglas para que un proyecto pueda participar en inversiones. Estas reglas deben seguir otras leyes importantes de México, como las de presupuesto, deuda y contabilidad del gobierno. Las nuevas reglas no pueden quitar derechos que ya tengas, ni obligarte a cosas que no estén en la ley, ni reemplazar permisos de dinero o deuda que ya se necesiten. Los detalles más específicos, como formatos o métodos técnicos, van a estar en el reglamento de esta ley y en las reglas que emita la Secretaría.
Texto oficial
Artículo 6. La Secretaría interpretará la presente Ley, en el ámbito de sus atribuciones legales. Asimismo, corresponderá a dicha Secretaría emitir los lineamientos que establezcan los requisitos, los límites de los recursos y su origen, así como los indicadores de desempeño, temporalidad y elementos a considerar, para que un proyecto pueda ser sujeto a participar en los mecanismos de inversión objeto de esta Ley, en congruencia con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Deuda Pública, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y demás disposiciones que resulten aplicables. Los lineamientos que emita la Secretaría no podrán crear derechos adquiridos, imponer obligaciones distintas a las previstas en la legislación aplicable, ni sustituir las autorizaciones presupuestarias, financieras o de endeudamiento que, en su caso, correspondan conforme al marco jurídico vigente. Los procedimientos específicos, metodologías técnicas, formatos, reglas operativas y demás aspectos de carácter administrativo necesarios para la aplicación de la presente Ley se establecerán en su Reglamento y en los lineamientos que emita la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.