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Artículo 10 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría va a crear o va a usar empresas especiales (llamadas "Vehículos de Propósito Específico") para ayudar a que proyectos de desarrollo beneficien a la gente. Con esas empresas, podrán coordinarse mejor con negocios y con organizaciones de la sociedad civil. Todo esto lo harán para el bienestar del pueblo, pero siempre siguiendo la Constitución y las reglas de presupuesto, finanzas y deuda pública. En otras palabras, el gobierno usará herramientas legales para hacer alianzas sin pasarse de lo que la ley permite.

Texto oficial

Artículo 10. A efecto de apoyar el desarrollo de Proyectos para el desarrollo con bienestar, la Secretaría instrumentará la creación o se apoyará de Vehículos de Propósito Específico, que permitan generar una coordinación efectiva con los sectores privado y social, para el bienestar del pueblo de México, sujetándose en todo momento al marco constitucional y a las disposiciones aplicables en materia presupuestaria, financiera y de deuda pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.