Artículo 10 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear o va a usar empresas especiales (llamadas "Vehículos de Propósito Específico") para ayudar a que proyectos de desarrollo beneficien a la gente. Con esas empresas, podrán coordinarse mejor con negocios y con organizaciones de la sociedad civil. Todo esto lo harán para el bienestar del pueblo, pero siempre siguiendo la Constitución y las reglas de presupuesto, finanzas y deuda pública. En otras palabras, el gobierno usará herramientas legales para hacer alianzas sin pasarse de lo que la ley permite.
Texto oficial
Artículo 10. A efecto de apoyar el desarrollo de Proyectos para el desarrollo con bienestar, la Secretaría instrumentará la creación o se apoyará de Vehículos de Propósito Específico, que permitan generar una coordinación efectiva con los sectores privado y social, para el bienestar del pueblo de México, sujetándose en todo momento al marco constitucional y a las disposiciones aplicables en materia presupuestaria, financiera y de deuda pública.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.