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Ley
LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Artículo
140

Artículo 140 de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un servidor público no cumple con lo que dice esta ley, va a recibir un castigo. Ese castigo lo aplicará la autoridad que sea competente, es decir, la que tenga la facultad legal para hacerlo. La sanción se basa en lo que marca la Ley General de Responsabilidades Administrativas y otras leyes que apliquen. En pocas palabras, los funcionarios que fallen en su trabajo tendrán consecuencias legales.

Texto oficial

Artículo 140. El incumplimiento a las disposiciones de la presente Ley, por parte de las personas servidoras públicas será sancionado por la autoridad competente conforme a lo dispuesto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial de la LEY para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar (pág. 32) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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