Artículo 19 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los funcionarios del gobierno (como secretarios, diputados y senadores) y los líderes de empresas o asociaciones del vino pueden ser invitados a las juntas de la Comisión. Pueden dar su opinión (voz), pero no pueden votar en las decisiones. La idea es que ayuden a promover y vender el Vino Mexicano en todo el país.
Texto oficial
Artículo 19. Los funcionarios de las secretarías de estado, de los gobiernos de las entidades federativas, Diputados Federales y Senadores de la República, así como los miembros o representantes de las diferentes cámaras empresariales, y los presidentes de los Comités Nacional y Estatales de los Sistemas Producto Vid, las asociaciones, y los consejos constituidos podrán ser invitados con voz pero sin voto a las sesiones de la Comisión con objeto de impulsar, difundir, promover y distribuir el Vino Mexicano. Capítulo III De la Coordinación entre la Comisión y las Dependencias de la Administración Pública Federal
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