Artículo 26 de la LEY Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vendes o regalas un mueble que sea considerado monumento histórico o artístico, como una pintura antigua o una escultura valiosa, tienes que avisar al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) o al Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA) según el caso. Ese aviso lo debes dar dentro de los 30 días siguientes a haber hecho el traspaso. Es como decirles "oye, este objeto cambió de dueño". La obligación la tienen tanto el que vende como el que compra.
Texto oficial
ARTICULO 26.- Las partes que intervengan en actos traslativos de dominio de bienes muebles declarados monumentos históricos o artísticos, deberán dar aviso de su celebración, dentro de los treinta días siguientes, al Instituto que corresponda. CAPITULO III De los Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.