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Ley
LEY Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo
78

Artículo 78 de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien comete una falta administrativa (como no cumplir con un reglamento), le van a aplicar una multa o castigo por esa falta. Pero eso no quita que, si además cometió un delito (algo más grave, como un robo), también puedan meterlo a la cárcel o aplicarle otra pena. Es decir, te pueden sancionar por las dos cosas por separado: una por la infracción y otra por el delito, si aplica.

Texto oficial

Artículo 78.- Las sanciones por infracciones administrativas se impondrán sin perjuicio de las penas que correspondan a los delitos en que, en su caso, incurran los infractores.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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