Artículo 125 de la LEY Federal de Protección al Consumidor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, si alguien no cumple con lo que establece esta ley, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) va a imponerle un castigo o multa. Es decir, si una empresa o persona te vende algo de manera incorrecta o abusiva, la Profeco es la que decide la sanción. No hay otra autoridad que pueda hacerlo, solo ella.
Texto oficial
ARTÍCULO 125.- Las infracciones a lo dispuesto en esta ley serán sancionadas por la Procuraduría. LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 12-12-2025 50 de 119
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